dom. Jun 7th, 2026

El pago de la distribución de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores y trabajadoras, explica la Procuraduría para la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

¿Sabes qué son las ganancias, cuándo las empresas deben realizar este pago y qué hacer si no te depositan? Te explicamos lo que necesitas saber.

¿Qué es el reparto de utilidades?

Él el reparto de utilidades es derecho constitucional que tengan empleados a recibir una parte de las utilidades obtenidas por la empresa para la que laboran, o el empleador, el año anterior, explica el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Para este 2023, las empresas tienen la obligación desde el 1 de abril hasta el último día de mayo.

En el caso de personas que trabajen para persona natural o patrón, deberán recibir el pago de utilidades a más tardar el 29 de junio.

¿Cuánto tengo que recibir por concepto de utilidades?

Los trabajadores reciben utilidades de su empresa o de su empleador de acuerdo al porcentaje estimado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa.

por el trato Se toma en cuenta el 10 por ciento de las ganancias netas. y se considera el monto de la utilidad de la empresa durante el último ejercicio fiscal, así como el número de empleados, salario y tiempo que cada uno ha estado trabajando durante el año.

¿Qué hacer si no obtengo los beneficios?

Si lleva 60 días o más trabajando en una empresa y no ha recibido utilidades, puede presentar una denuncia ante la PROFEDET.

Si no recibe este beneficio o se le paga de forma incompleta, el plazo máximo es de un año para reclamar la distribución de utilidades, explica la Ley Federal del Trabajo (LFT), para que los trabajadores tengan acceso a ese monto.

Puede llamar a PROFEDET al 01 800 911 78 77, o escribir a orientacionprofedet@stps.gob.mx en caso de dudas sobre el pago de participación en las utilidades.

Las personas que trabajan para empresas tienen derecho a presentar quejas un día después de vencidos los plazos; en el caso de trabajadores de empresa sería el 31 de mayo. En el caso de trabajadores con patrón sería el 30 de junio, indica PROFEDET.

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