
Para algunos, el trato con las autoridades fiscales, especialmente con el SAT, es cosa de todos los días ya sea por elección o por necesidad; sin embargo, para otros es un tema completamente desconocido y cuando escuchan la palabra SAT parece que les están hablando de “SATanas” y se bloquean por completo.
En esta ocasión intentaré explicarte qué es afrontar el SAT como si estuvieras interactuando con tu pareja. Una diferencia importante es que las facultades de la autoridad fiscal vencen en la mayoría de los casos a los 5 años, es decir puedes reclamar o revisar lo hecho solo en los últimos 5 años, cosa que no sucede con tu pareja, sus facultades de revisión la tienen. son indefinidos.
En caso de una revisión por parte del SAT, hay 2 puntos importantes: que se ejecute en un determinado período de tiempo y cuando se concluya, el impuesto revisado no podrá ser cuestionado nuevamente en el período seleccionado; En el caso de su pareja, se sabe que no hay un tiempo definido para concluir el cuestionamiento del asunto y que, aunque haya sido cerrado de común acuerdo, puede reabrirse y tratarse de nuevo en cualquier momento.
Cuando el SAT revisa la información del contribuyente en sus bases de datos y detecta posibles omisiones o discrepancias, notifica al contribuyente a través de un mensaje que puede ser enviado por correo electrónico o buzón fiscal, en dicho mensaje le informa en los periodos e impuestos donde puede existir un omisión e invita al contribuyente a revisar su información y, en su caso, corregir su situación. Esto, querido lector, equivale a las indirectas que “envían” las mujeres, en las que, en algunos casos, es una mera corazonada, en otros, es una conclusión de hechos que parecen aislados pero que el algoritmo femenino armó y les dio. significado. y en otros casos son indirectas muy directas, son tiros de precisión de la autoridad donde no queda más que aceptar el error y corregirlo cuanto antes.
Sin embargo, como se puede imaginar, la autoridad no nos dice qué tipo de indirecta es, es trabajo del contribuyente identificarla, esto parece una tarea sencilla, sin embargo, dependiendo del conocimiento del contribuyente y su relación con el SAT, es puede ser una tarea desalentadora.
Una vez identificado el tipo de indirección, el contribuyente procede a tratar de contestarla. Digo intentar porque la autoridad no dijo que se atienda la invitación, dijo que se corrija de ser necesario, pero hay situaciones particulares que si bien no ameritan una corrección, le gustaría al contribuyente dejar que la autoridad saber para aclarar la situación y evitar futuras invitaciones por ese asunto.
En otras palabras, parece que a los ojos de la autoridad fiscal tratar de aclarar la situación es sinónimo de no hacer nada y que lo único válido es corregir tu situación, aunque esto no sea necesario.
Una vez corregido, en su caso, lo que sigue es esperar a que la información esté actualizada y su situación esté en orden; Esto es muy parecido cuando tu pareja te prometió terminar de arreglar el baño para la reunión del sábado, una vez que tienes todo lo necesario y ya llevas más de 15 días con todo el material requerido, pero no has avanzado y cuando lo pides sobre el progreso, la respuesta es “nada más que tiene tiempo” y tiene tiempo para todo menos eso. Aunque en este caso la solución bien podría ser “si no lo vas a hacer yo voy a hablar con alguien que lo haga”; desafortunadamente, cuando se trata de la autoridad fiscal, esta no es una opción válida.
Cada vez es más común que el SAT, con base en la información compartida por el contribuyente a través de diferentes medios, la precargue en las declaraciones presentadas por los contribuyentes; Sin embargo, hay ocasiones en que se canceló una factura pero como el proceso de actualización de la autoridad es lento, al momento de presentar la declaración resulta que la información no está actualizada; Sería algo parecido a cuando comete un error o un descuido con su pareja, pide una disculpa pero no es considerada y lo tratan como si no se hubiera disculpado.
O cuando le pediste a tu esposo que fuera al supermercado a comprar los artículos de la lista, resulta que trajo algunos de la lista de la semana pasada o eligió algunos cuyo empaque es similar pero su contenido es diferente (no tuvo cuidado de leer la etiqueta) o peor aún, llega contento porque encontró el producto en “oferta”, pero cuando se lo muestra, resulta que la fecha de caducidad es al día siguiente.
Espero querido lector que después de leer las líneas anteriores le pierda el miedo al trato con la autoridad fiscal, que si bien es cierto es una tarea complicada y para la que nunca está del todo preparado, puede ser que dada su interacción con tu pareja Estás más preparado de lo que crees.
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