
María Elena Ríos señaló a Tenoch Huerta de sigilosamentea tipo de agresión sexual No está legislado en nuestro país.
Ríos fue atacada en 2019 con ácido, por lo que se encuentra en un proceso emocional vulnerable y no se había atrevido a denunciar las acciones del actor.
Sin embargo, luego de hacerlo, muchas mujeres se acercaron a ella para contarle que habían vivido situaciones similares con Huerta.
cuál es el sigilosamente?
Se llama sigilosamente a la práctica sexual en la que una de las personas involucradas retira el preservativo sin él consentir o previo aviso a tu pareja.
Esto también se aplica cuando el condón se daña deliberadamente. Un estudio sobre Género y derecho de la Universidad de Columbia indica que los jóvenes son los más propensos a realizar este acto, que “además de ser una forma de agresión y una grave violación de la autonomía, conlleva numerosos riesgos para la salud”, dice la abogada Alexandra Brodsky.
“Los actos convenidos al principio no determinan que sigan siendo consensuales todo el tiempo porque quitarse el preservativo sin previo aviso ES UN DELITO de agresión sexual y en inglés se conoce como stealthing”, dijo la saxofonista mexicana en su comunicado.
Él sigilosamente ¿Está legislado en México?
En nuestro país este tipo de violencia no está legislado. Tampoco se reconoce como una forma de agresión, pero existen algunas iniciativas al respecto.
En 2021, la diputada de Movimiento Ciudadano, Espinoza Cárdenas, presentó una iniciativa de reforma al Congreso de la Unión en enero al artículo 199 BIS del Código Penal Federal sancionar de tres a ocho años de prisión y ochenta días multa a quien no use o se quite el preservativo durante las relaciones sexuales sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.
Para 2022, el senador Mario Zamora, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó una iniciativa para adicionar un párrafo quinto al artículo 260 del Código Penal Federal, donde se hiciera referencia a la sigilosamente.
”El objeto de esta iniciativa es establecer y sancionar en el ley un tipo de violencia sexual que atente contra la libertad y el derecho sexual de las personas, como retirar cualquier método anticonceptivo, de barrera o que impida la transmisión de alguna enfermedad o embarazo durante el acto sexual sin el consentimiento de la otra persona”, detalla el documento.
En su propuesta, el legislador explicó que en México, la sigilosamente Se encuentra en una suerte de resquicio legal derivado de los conceptos jurídicos de violación, abuso sexual y peligro de contagio.
“En los términos del artículo 260 del Código Penal Federal, comete delito de abuso sexual el que realiza sobre una persona, sin su consentimiento, o la obliga a realizar para sí o sobre otra persona, actos sexuales sin el propósito de alcanzar cópula.; por lo que se le impone una pena de 6 a 10 años de prisión y hasta 200 días multa”, se expone.
Estas son las adiciones que propusieron hacer:
- Agréguese un quinto párrafo al artículo 260 del Código Penal Federal, donde se establece que comete el delito de abuso sexual el que, antes o durante las relaciones sexuales y sin el consentimiento de la otra persona, retira cualquier método anticonceptivo. La sanción corresponderá de seis a diez años de prisión.
- Agréguese un segundo párrafo al artículo 276 BIS, a fin de establecer que cuando, como consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos, la salud de otro esté en peligro de contagio, la reparación del daño comprenderá pago de tratamiento medico; ya la pena correspondiente se le añadirán las sanciones establecidas en el artículo 199 Bis.
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