sáb. May 2nd, 2026

El presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda, aseguró que solo aplicó el reglamento de la Cámara de Diputados y la ley del Congreso General al no permitir este miércoles el ingreso de elementos armados al Congreso de la Unión.

Con ello consideró que no se excedieron sus funciones, así las describió Ignacio Mier Velazco, líder de la bancada de Morena en San Lázaro, mientras la ley prohíbe la presencia de elementos armados en el Congreso de la Unión.

“Apliqué la práctica parlamentaria. No se permite el ingreso de personal armado a los recintos donde se celebren las sesiones del Congreso General o de las Cámaras, yo no iba a proceder contrario a la ley y la práctica parlamentaria”, dijo Santiago Creel en entrevista con Joaquín López-Dóriga.

Santiago Creel apeló al artículo 12 de la Ley General del Congreso de la Unión y 25 del Reglamento para decir que no puede haber personal armado en la Sala de Sesiones. Y señaló que él tiene el poder de decidir qué es lo mejor para la instalación.

También señaló que Ignacio Mier, más allá de buscar el enfrentamiento como presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), debe apelar al diálogo y la conciliación.

Este miércoles, primer día del segundo período del segundo año de la LXV Legislatura, el diputado Santiago Creel se opuso a que dentro del recinto se instalaran los honores a la bandera y la Banda de Guerra; lo que causó descontento fue que los militares llegaron fuertemente armados por primera vez.

Santiago Creel Miranda acusó que Morena quería inducir un conflicto donde no lo hay porque “para Morena la ley no es la ley, la ley es lo que ellos quieren”.

También señaló que no debe haber un debate por estos hechos, porque es su obligación cumplir con la ley y que protestó cuando asumió el cargo.

Creel Miranda acusó que el descontento de Morena tiene que ver con la preparación para las Elecciones de 2024. “Es un patrón constante de Morena que no quiere cumplir con la ley”, dijo.

Santiago Creel explicó que estas leyes existen para proteger a uno de los Poderes del Estado, lo cual tiene una razón histórica precedida por hechos violentos suscitados en la Asamblea Legislativa.

¿Qué dice el Reglamento y la Ley sobre las armas en la Cámara de Diputados?

El artículo 25 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que: “se prohibirá terminantemente el ingreso al recinto a toda persona armada. En caso de que alguien infrinja esta prohibición, el presidente le hará salir del recinto por los medios que estime convenientes y lo pondrá a disposición de las autoridades competentes”.

El artículo 12 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que:

1. Los recintos del Congreso y sus Cámaras son inviolables. Toda fuerza pública queda impedida de tener acceso a ellos, salvo autorización del presidente del Congreso, de la Cámara respectiva o de la Comisión Permanente, según corresponda, bajo cuyo mandato quedará en este caso.

2. El presidente del Congreso, de cada una de las Cámaras o de la Comisión Permanente, según el caso, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para salvaguardar la jurisdicción constitucional de los diputados y senadores y la inviolabilidad de las leyes parlamentarias. instalaciones; Cuando la fuerza pública se presente sin autorización, el presidente podrá ordenar la suspensión de la sesión hasta que dicha fuerza haya abandonado el recinto.

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