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Cada 12 de diciembreMiles de mexicanos y mexicanas peregrinan, o solos, a los templos marianos para conmemorar el virgen de guadalupequien es considerado ‘El Santo Patrón de América’, pero Si vas a trabajar te deberían pagar el doble? A continuación te contamos lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En el caso de los estudiantes de la Secretaría de Educación Pública en el nivel básico -preescolar, primaria y secundaria-, sí tienen que acudir a las aulas, ya que el calendario escolar para el ciclo escolar 2023-2024 no marca como un día festivo el 12 de diciembre, tal como ocurre con el 25 de diciembre y el 1 de enero.
¿Es el Día de la Virgen de Guadalupe un feriado oficial?
Para desgracia de los trabajadores, el 12 de diciembre cualquiera Día de la Virgen de Guadalupe No es un feriado oficial, según lo establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Esto significa que todas las personas con un trabajo fijo deberán prestar sus servicios, incluso si acuden a ‘Las Mañanitas’ a la Virgen.
Al no ser un día de descanso obligatorio, Las personas que acuden a sus lugares de trabajo o lo hacen desde sus casas (home office) no deberían recibir doble remuneración, únicamente la remuneración correspondiente. El próximo día de descanso obligatorio, de acuerdo con lo que establece la LFT, es el 25 de diciembre (Navidad).
Las personas que trabajan en Navidad Sí deben recibir “un doble salario por el servicio prestado”, de conformidad con el artículo 75 de la LFT. Lo mismo ocurre en el caso del 1 de enero (Año Nuevo), que también se considera feriado oficial según la legislación mexicana.
¿Y si no te pagan el doble los días de descanso obligatorio? Puede acudir a la Procuraduría Federal del Trabajo (profedet) para recibir la asesoría necesaria y conocer los pasos a seguir: los números de atención telefónica son 800 717 2942 y 800 911 7877, con horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.
¿Cuál es la fecha límite para recibir el bono?
Si como trabajador con beneficios legales no ha recibido su bono correspondiente al año 2023, la LFT recuerda que los patrones y/o empleadores tienen la fecha límite el próximo miércoles 20 de diciembre para entregarlo, en moneda de curso legal y no podrá ser en especie.
El mínimo que debes recibir como bonificación son 15 días de tu salario, según el artículo 87 de la LFT. Por otro lado, todas las personas que no tengan al menos un año de servicio dentro de una empresa deberán recibir una parte proporcional del mismo en función del tiempo que lleven hasta el vencimiento.
En el caso de personas que no cuenten con beneficios legales y/o trabajen por honorarios, no tienen derecho a recibir bonificación, de conformidad con lo establecido en la normativa mexicana.
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