vie. May 1st, 2026

TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis.- El Congreso de Chiapas aprobó reformas al Código Penal del Estado que permitirán la suspensión del embarazo cuando sea producto de violación, la madre corre peligro de muerte o el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas.

Una nueva iniciativa ha sido aprobada por mayoría de votos:

Los legisladores aprobaron por mayoría de votos la iniciativa de decreto que reforma el artículo 181 del Código Penal local relativo a la suspensión del embarazo.

Dicha reforma establece que el aborto no es punible cuando el embarazo “sea producto de violación o cuando la madre gestante corra peligro de muerte”.

Aclaran que también considera alteraciones genéticas o congénitas:

Y, asimismo, cuando “pueda determinarse” que el producto adolece de alteraciones genéticas o congénitas “que hagan necesario nacer con un trastorno físico o psíquico grave”.

Lo anterior, “opinión previa de la doctor asistirla escuchando la opinión de otros médicos especialistas cuando sea posible y la demora no sea peligrosa“.

Te puede interesar: AMLO recibe a Ignacio Mier en PN para analizar agenda legislativa.

Por último, declaran que la reforma garantiza la reparación integral:

La Legislatura de Chiapas estableció en un comunicado que con dicha reforma penal se garantiza el derecho de las víctimas a la reparación integral y medidas de no repetición.

en esta nota

Leer la nota Completa

El Imparcial

By El Imparcial

EL IMPARCIAL, ahora en su versión en web online, es el periódico líder al Noroeste de México y en Sonora, con una cobertura informativa oportuna y veraz en materia de noticias de actualidad y relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *