
En una República, la autoridad, tanto del Poder Legislativo como del Poder Ejecutivo, debe entenderse como delegada. Es decir, en un orden republicano, el poder constituyente, que es el conjunto de la ciudadanía, delega cierta autoridad en un grupo de representantes para llevar a cabo las actividades propias de los poderes ejecutivo y legislativo.
Desde este punto de vista, no puede decirse, en ningún caso, que la transferencia de soberanía de los representados a sus representantes sea legítima.
En Federalista, número 78, Alexander Hamilton deja claro que cualquier intento por parte del presidente o del Poder Legislativo de actuar arbitrariamente contra la Constitución conlleva un acto de usurpación.
Sin embargo, en una democracia republicana, la letra y el espíritu de la Constitución son finalmente interpretados por el Poder Judicial, muchas veces en contra de los actos realizados por las otras dos ramas del poder federal.
Todo esto viene a cuento porque recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de 9 votos de sus 11 miembros, determinó la nulidad del decreto de reformas político-electorales que había sido aprobado por el Congreso de la Unión en diciembre de 2022. Así, las reformas a las Leyes Generales de Comunicación Social y Responsabilidades Administrativas quedaron sin efecto, por violaciones al procedimiento legislativo, en particular, al principio de deliberación informada y democrática.
La SCJN ha resuelto desde 2008 y en más de 30 ocasiones, que el trámite legislativo no es una mera formalidad, sino que es la esencia de la actuación del órgano legislativo. Esto es coherente con el sentido común: no puede haber leyes racionales y razonadas que beneficien a la ciudadanía si los pros y los contras de las diversas iniciativas no son discutidos abierta y democráticamente por todos los representantes de la ciudadanía. Cuando esto no sucede, estamos ante actos arbitrarios de poder que son antitéticos al espíritu de la democracia constitucional.
En el México posrevolucionario sufrimos esta gran carencia democrática, cuando la voluntad presidencial se imponía a la legislativa y las iniciativas de Ley no eran discutidas por el Congreso. El reloj siempre marcaba las horas que quería el presidente.
Pensamos que esos días habían quedado atrás. Sin embargo, con la llegada del obradorismo en 2018, las viejas prácticas volvieron, quizás ahora, con mayor fuerza.
Lo que parece estar marcando una gran diferencia en comparación con el pasado es el poder y la autonomía que ha obtenido el poder judicial en México en las últimas décadas. A pesar de los ataques desde el púlpito presidencial, hoy esta autonomía debe ser protegida y promovida por ciudadanos organizados. Y, aunque aparentemente el llamado Plan B ha fracasado, el cerco a la SCJN, el mayor resguardo que tiene nuestro orden constitucional, seguirá ocurriendo en los próximos meses y se acelerará a medida que nos acerquemos a las elecciones presidenciales de 2024. Ver más Vale la pena que el Poder Judicial conserve su independencia de los demás poderes, y con ellos su plena capacidad de guardián de la Constitución. La República está en juego.
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