lun. Ago 3rd, 2026

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó reincorporan a tres regidores del Instituto Electoral de Morelosdestituido en agosto de 2022 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Por mayoría de tres votos contra dos, con la ausencia de la magistrada Janine Otálora Malassis y Felipe de Fuentes, se resolvió que no se acreditaron las causas gravesen principios o valores constitucionalmente protegidos, que justifiquen válidamente la determinación de separarlos de sus cargos

Dado lo anterior, se ordenó revocar resolución INE/CG604/2022 emitida por el Consejo General del INE que declara fundado el procedimiento de remoción José Enrique Pérez Rodríguez, Isabel Guadarrama Bustamante y Alfredo Javier Arias Casas como asesores electorales del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).

Los magistrados Felipe de la Mata y la presidenta de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón, votaron en contra de la reposición, quienes consideraron que estos funcionarios incurrieron en una grave responsabilidad administrativa al no cumplir debidamente con sus funciones.


Rodríguez Mondragón aseguró que se acreditaron faltas graves de los sancionados, entre ellas, el retraso en el cumplimiento de sentencias judiciales y la invasión de poderes al tratar de destinan recursos al Partido Socialdemócrata de Morelosfunción que no les corresponde.

“Hay una actuación negligente de los cabildos en las funciones que les competen como autoridades electorales locales, y eso es evidencia de la falta de profesionalismo”, dijo el magistrado Rodríguez Mondragón.

“La ratificación de la decisión establece un estándar de alto profesionalismo para que los Institutos electorales y quienes los integran no pongan en riesgo los principios constitucionales que rigen su función y los derechos y procesos de los partidos o ciudadanos, especialmente si ello puede traducirse en una vulneración. a la certeza, la legalidad o la objetividad”, agregó.

En respuesta, el juez Vargas, relator del caso, dijo que faltas graves no están acreditadas atribuido a los denunciantes, y estimó que la decisión del INE no se puede garantizar porque, entre otras cosas, es discrecional.


“Se ejerce de manera discrecional hacia los directores, me da la impresión de que esta decisión, y la evidencia lo demuestra, trae una dedicación y esa dedicación es una depuración de dicho instituto”, dijo Vargas.

Aseguró que es obvio y comprobado que dentro de Impepac hay “un mal ambiente (entre los directores)”, pero eso no puede llevar cada vez a buscar causales de despido.

Incluso llamó a los miembros de la impepacen apelación a la concordia de dicha institución, para resolver por otros medios “diferentes a la persecución de sus problemas” las diferencias internas lo que hay en la institución.

Reyes Rodríguez respondió que no es una decisión del INE “que tenga un elemento de personalización” porque no se están juzgando elementos personales, sino conductas claras de responsabilidad de quienes integraron el Impepac.

La jueza Mónica Aralí Soto y el juez Indalfer Infante González votaron a favor de la propuesta del juez Vargas.

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