Escrito en ECONOMÍA la
Diciembre ha llegado y una de las razones por las que es el mes favorito de muchos es porque el prima está cerca, lo mismo que viene a ‘aligerar’ la cartera de millones de trabajadores mexicanos, aunque también genera algunas dudas, entre las más repetitivas está: ¿Es legal cobrar en vales o en especie?
Recordemos que el aguinaldo es un derecho que tienen todos los trabajadores, ya sean básicos, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, vendedores y otros.
Es un beneficio laboral, establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), que aplica a todos los trabajadores que presten sus servicios en forma subordinada a un patrón, y debe ser entregado antes del 20 de diciembre de cada año.
Cabe señalar que el monto mínimo que se debe pagar a los empleados es el equivalente a 15 días de salario. En el caso de que no se haya trabajado el año completo, se entregará una parte proporcional.
¿Es legal cobrar en vales o en especie?
Aunque la entrega de prima es una obligación de las empresas y patrones, podrían darse casos en que las empresas argumenten algunas complejidades, por lo que proponen a sus trabajadores entrega de vales o pagos en especie para cubrir dicho beneficio.
Sin embargo, tal como lo menciona la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en ningún caso el empleador puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades por no pagarla o reducir su monto.
Por lo tanto, todos los empleados deben tener claro que tanto la prima ya que el salario debe pagarse en efectivo y con la moneda de curso legal.
De esta forma no está permitido hacerlo en bienes, valesfichas o cualquier otro signo representativo con el que se pretenda sustituir el pago en efectivo.
Es importante mencionar que la entrega de bonos de navidad Puede realizarse mediante depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias, efectivo o cualquier otro medio, previo consentimiento del trabajador.
¿Se puede multar a los patrones o empresas por no entregar el aguinaldo?
La respuesta es un sí rotundo. Aquellos patrones o empresas que no cumplan con las pago de bonificaciónquien la otorgue de forma incompleta o extemporánea podrá ser sancionada con multa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1002 de la LFT.
Mientras que por infracciones a las normas laborales no sancionadas en dicho artículo o en cualquier otra disposición de la Ley, se podrá imponer multa por el equivalente de 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a 4 mil 030 y hasta 403 mil pesos.
Si su empleador no cumple con las entrega del aguinaldo o te quiere pagar en vales o en especiepuedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para presentar tu denuncia.
Radio Fórmula MX, es una radio mexicana informativa dedicada a compartir diariamente las noticias más relevantes en materia nacional e internacional. “El grupo de comunicación más influyente de radio hablada e informativa en México”
