vie. Ago 21st, 2026

MEXICALI, Baja California.- El diputado Liliana Michel Sánchez Allende lanzó una nueva iniciativa este año, conocida como ley alinaante el Congreso de Baja California, que busca modificar el Código Penal Estatal sobre legítima defensa con perspectiva de género y órdenes de protección.

Esta iniciativa, presentada el 12 de enero, toma su nombre de Alina Narciso, la joven ex policía municipal de Tijuana, quien recientemente salió de prisión. Y busca ser un punto de partida para que más mujeres en la misma situación puedan obtener su libertad.

“Él el caso de alina será un punto de partida la revocación de sentencias para que las mujeres quienes se encuentren en una situación similar, pueden luchar por su libertad”, declaró la diputada local por Morena.

Alina Narciso, de 27 años, estaba detenida desde noviembre de 2019 por el delito de homicidio, hasta el 24 de mayo cuando un juzgado de segunda instancia del Poder Judicial de BC, en mexicalidesestimó la sentencia en su contra por 45 años, al comprobar que fue legítima defensa cuando su expareja, otro policía de Tijuana, la agredía físicamente.


¿Qué es la iniciativa Ley Alina?

La iniciativa conocida como Ley Alina haría las siguientes modificaciones:

  • Se busca reformar tres artículos que son: 23 y 79 de la Código Penal de Baja California y 21 de la Ley de Acceso y créase el artículo 26 bis de esta misma Ley.
  • El artículo 23 propone que la figura del autodefensa Se incluye cuando la persona que se defiende de un delito causa lesiones al agresor o incluso lo priva de la vida; Actualmente, solo se incluye un daño.
  • Quería añadir un párrafo para presumir legítima defensa en el caso de que la mujer sea víctima o haya estado en peligro de ser víctima de violencia física, psíquica, sexual o femicidio, y repele la agresión, o cuando otra persona la repele en auxilio de ella, aun cuando se haya excedido.
  • En este mismo artículo, el Ministerio Público, el Ministerio Público, los jueces y juezas están obligados a actuar con diligencia. perspectiva de genero para poder determinar la procedencia de la legítima defensa. Que no será requisito acreditar la violencia de género de la que existan antecedentes.
  • En el artículo 79, se propone que No se considera un acto de “Exceso de legítima defensa” cuando la persona agredida sufra miedo o terror y se encuentre en un estado de confusión que afecte a su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados. Y del mismo modo, se aplicará este criterio a la persona que ayude o actúe en defensa de una mujer víctima de violencia.
  • En este mismo artículo también se considerará defensa propia si la persona cuya agresión es repelida es físicamente más fuerte y ha ejercido o intentado ejercer violencia física, psicológica, sexual o femicidio, aunque no exista estado de terror, miedo o confusión en la persona que repele la agresión y busca ayuda psicológica la persona que se defendió. También se analizará desde una perspectiva de género.
  • La ley de acceso busca modificar el artículo 21 para que órdenes de protección podría ser concedido a instancia de parte o de oficio esto quiere decir que la autoridad lo hace aunque la víctima no lo solicite, se incluyen los actos de legítima defensa donde se evita el contacto con el agresor.
  • Pretende crear el artículo 26 bis de la misma para establecer que el municipio, el Ministerio Público, los jueces y juezas deberán ordenar la protección necesaria, considerando: que sea adecuada, oportuna y proporcionada; que los usos y costumbres. Estas órdenes deberán dictarse siempre priorizando la integridad y seguridad de las víctimas.

¿Cuál es el objetivo de crear esta ley?

El ley alina consiste en reformar la autodefensa para que las mujeres puedan defenderse de personas que las agredan sin hacer frente a la responsabilidad penal, además de la posibilidad de legítima defensa cuando la mujer es víctima de violencia de género, explicó la diputada.

Se considera legítima defensa aun cuando exista daño excesivo si la mujer o quien la ayuda se encuentra en situación de estado de terror, miedo o confusión. En caso de que no se encuentre en los estados mencionados, la pena se reduce a la tercera parte del delito cometido por la mujer o quien la ayude.

Además, esta ley exige que el estado brinde ayuda psicológica y proteja a las mujeres y su patrimonio aunque exista un exceso de legítima defensa en casos de violencia de género. La legisladora local también agregó que exige a los jueces que determinen la legítima defensa y su exceso con perspectiva de género y que las órdenes de protección sean solicitadas y dictadas de oficio.


¿Qué es la autodefensa?

La legítima defensa es causa de exclusión de responsabilidad penal, es decir, si al repeler una acción antijurídica la víctima causa algún daño al agresor, no constituye delito, siempre que no se abuse de él. Si se abusa de la legítima defensa, entonces sí constituye un delito.

¿Qué es el exceso de autodefensa?

Él exceso de legítima defensa Es cuando al defenderse de un agresor, su defensa excede en daño a lo que hubiera hecho el agresor, en cuyo caso se considera que la persona que se defendió se excedió y será sancionada con hasta un tercio de la pena del delito. ha cometido. .

¿Qué son las órdenes de protección?

Son actos de protección y aplicación urgente basados ​​en el interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorios y cautelares.

El caso Alina Narciso

El martes 23 de mayo, luego de casi tres años privada de libertad, Alina Narciso Tehuaxtle fue liberada y exonerada de 45 años de prisión por asesinar a su expareja sentimental en un acto de autodefensa ante la agresión que estaba sufriendo por parte de él.

Desde octubre de 2022, la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, había prometido que el caso del ex policía municipal de Tijuana, Alina Narciso Tehuaxtlesería procesada con perspectiva de género, luego de que el juez Daniel Aguilar Patiño la condenara a 45 años por el delito de homicidio el 4 de octubre de ese año.

Alina es originaria de Córdoba, Veracruz, y emigró a Tijuana en 2018, donde decidió incorporarse a las filas de la policía municipal. Fue aquí donde conoció a Rodrigo Juárez Arellanes, quien se convirtió en su pareja. Vivían juntos.

En su domicilio, el 12 de diciembre de 2019, discutieron luego de una reunión en la que supuestamente ambos consumieron alcohol. Presuntamente, Rodrigo quería someter a Alina a golpes, por lo que tomó el arma reglamentaria de su compañero y le disparó cuatro veces.

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