lun. Ago 10th, 2026

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) anunció que, desde su sitio web, los clientes del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) podrán consulta la hora de salida de tu vueloesto con el fin de que tengan más información a la mano para orientarse a la hora de viajar.

La agencia anunció este martes 30 de mayo la activación del micrositio, con el que los usuarios pueden consultar su horario de vuelos con datos como la línea aérea, el número o el destino.

La activación del sitio se da a poco más de dos meses de que el AICM anunciara que ya no mostraría los horarios reales de los vuelos de salida, y que los únicos que se muestran en las pantallas son los asignados por el administrador del aeropuerto a cada aerolínea.

¿Cómo consultar el horario de tu vuelo AICM en Profeco?

Basta con proporcionar una serie de datos para ir a saber la hora de salida de su vuelo con origen en el AICM.


  • Lo primero es abrir la página de Profeco.
  • Haga clic en la sección “consulte el horario de su vuelo”.
  • Especifique los siguientes datos:
  • Haga clic en Buscar.
  • La plataforma reflejará la datos de la aerolínea, hora de salida, número de vuelo y terminal desde donde despega.

Haga clic en este enlace para conocer la plataforma.

Si tiene cualquier tipo de duda, puede llamar al AICM al 55-2482-2260.

Militares le meten mano dura al AICM: intensificarán revisiones

La Secretaría de Marina y el AICM anunciaron que intensificarán las inspecciones a las aeronaves que salen y llegan al aeropuerto, esto con el fin de prevenir el narcotráfico. Además, la medida no violará la privacidad de los pasajerossegún la información revelada por las autoridades.

Algunas de las medidas que se intensificarán, con base en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil Internacional, son:

  • Inspeccionar aeronaves de otros Estados contratación en el momento de la llegada o de la salida.
  • Explorar certificados y documentos prescrito en la convención de Chicago.
  • “Mira el circulación de mercancías y personas en zonas francas y puertos, A tal efecto, autorizarán a las autoridades competentes a inspeccionar las mercancías y los buques a su llegada y salida, incluidas las embarcaciones de recreo y las embarcaciones menores, así como las aeronaves y vehículos y, en su caso, el registro de los miembros de la tripulación y de los pasajeros, así como como el respectivo equipaje.

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