mié. Jul 8th, 2026

Escrito en ECONOMÍA la

Cuando un trabajador quiere jubilarse, debe asesorarse muy bien, porque la gente tiene que saber en qué tipo de régimen de pensiones está inscrito, si al final Ley 73 o Ley 97ya que son completamente diferentes.

Sin embargo, existe una forma de jubilarse sin volver a trabajar y recibe 3 mil pesos al mes.

Esto tiene que ver con si te registraste en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio de 1997 (Ley 73) o si te registraste después del 1 de julio de 1997 (Ley 97). A todo esto,¿Cómo puedes conseguir los 3 mil pesos?

pensión garantizada ley 97

Según información de Nayeli Puerto Góngora, asesora financiera, si una persona quiere jubilarse, sin volver a trabajar, con 3.000 pesos al mes, puede hacerlo con la Ley 97.

“Aquí no tienes que tener la conservación de derechos y aunque seas Ley 73 y no quieras recuperar tu conservación de derechos y cumples, con este año, con 800 semanas, te puedes retirar por Ley 97 con 3 mil pesos al mes”, comentó el asesor.

El consejo del asesor financiero es que a la gente le costará “1.600 pesos mensuales recuperar su conservación de derechos, para cita 52 semanas y aprovecha 7 mil pesos mensuales vitalicios y heredables como pensión mínima garantizada de la Ley 73”.

¿Qué es la conservación de los derechos del IMSS?

Él “preservación de derechos” Corresponde a la cuarta parte del número de semanas de cotización que tengas a la fecha de la baja, para que puedas iniciar el trámite de pensión.

Al dejar de cotizar en el IMSS se otorga un período de gracia para permanecer sin cotizar y así evitar la oportunidad de acceder a una pensión. En eso Artículo 150 de la Ley del Seguro Social lo especifica.

Artículo 150: Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que hubieran adquirido a las pensiones en los seguros de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus aportes semanales, contados a partir de la fecha de su descarga. Este tiempo de conservación de derechos no será inferior a doce meses.

Puede consultar el plazo de conservación de derechos, disponible en el portal del IMSS, donde la persona puede ver: las semanas cotizadas, última fecha de retiro antes el instituto y el sueldo con que fue dado de alta.

Una forma de preservar sus derechos sin tener que trabajar y al mismo tiempo mejorar el cálculo de la pensión es a través de la Continuidad Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como modo 40que permite autocontribuciones.

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