mié. Abr 8th, 2026

El Banco de México (Banxico) determinó que las entidades de crédito suspendan temporalmente la obligación de exigir el cobro del pago mínimo en tarjetas de crédito a usuarios afectados por el Huracán “Otis”. Lo anterior según lo consideren y acuerden con sus respectivos clientes.

“Esto permitirá a las instituciones ofrecer esquemas de apoyo para que sus clientes afectados tengan la oportunidad de diferir temporalmente el pago de sus tarjetas de crédito. se debe notar que Esta medida es temporal y estará vigente desde el 1 de octubre de 2023 al 30 de abril de 2024.″, detalló.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante la circular 10/2023, se precisó que está dirigido a bancos múltiples, Sofomes Reguladas y No Reguladas, Sofipos con nivel de operaciones IV y banca de desarrollo. Todos con características especiales en el otorgamiento de financiamiento.

Banxico Destacó que las entidades financieras no estarán obligadas a cobrar los montos mínimos de pago correspondientes. calculado de acuerdo con las disposiciones sobre tarjetas, para los períodos de pago comprendidos en el referido período.

Los créditos, préstamos y financiaciones a que se refiere serán objeto de programas siempre que los prestatarios o deudores hayan acordado con las respectivas entidades financieras abstenerse de realizar el pago del monto mínimo de pago correspondiente, precisó.

“Para efectos de lo anterior, los acreditados deberán tener su domicilio en los municipios declarados como zona de desastre por la Secretaría de Gobernación, publicados en el Diario Oficial de la Federación, y que fueron clasificados en términos contables como cartera de crédito con crédito en etapa. riesgo. 1ª etapa 2 al 24 de octubre de 2023″.


Así, las entidades financieras estarán obligadas a cobrar los montos mínimos de pago establecidos en las disposiciones de las tarjetas a partir de mayo de 2024 o, en caso de que los esquemas de apoyo concluyan antes de dicho mes.

Las instituciones bancarias deben hacer transparentes los esquemas de apoyo que ofrecen, indicando, en particular, la forma en que se cobrarán sus deudas después del período de incumplimiento del pago mínimo; Esta información deberá ser incorporada en los portales de Internet y en los estados de cuenta de las tarjetas de crédito de sus clientes.

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