mar. Jun 23rd, 2026

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El declaración anual 2023 Es una obligación que el Personas físicas durante el mes de abril, para lo cual solo necesitan tener su RFC, además de una contraseña válida o e.firma, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este es el fecha límite que tienes que presentarlo y qué pasará si no lo haces.

Cada año, el SAT establece el mes de abril para que las personas naturales presenten sus Declaración anual del ejercicio fiscal anterior (en este caso es 2022); mientras que para las personas morales es durante el mes de marzo. Si bien esta obligación puede cumplirse extemporáneamente, el incumplimiento en los plazos establecidos puede dar lugar a multas.

¿Cuál es la fecha límite para presentar su declaración anual 2023?

En el caso de personas físicas, la fecha límite para presentar la declaración anual de 2023 es el 2 de mayo. Si bien el 1 de mayo es un día oficial, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el portal del SAT estará habilitado para todos aquellos que deseen ponerse al día con sus obligaciones tributarias.

El SAT recuerda que si las personas reciben ingresos por los siguientes medios, están obligados a presentar su declaración anual: sueldos y salarios o asimilados a salarios; servicios profesionales y actividades comerciales; cobro de rentas de cualquier inmueble; intereses o dividendos; enajenación o adquisición de bienes; así como los que tributan en el Régimen de Fideicomiso Simplificado (RESICO).

El SAT recuerda que la fecha límite para presentar la declaración anual 2023 es el 2 de mayo (Cuartoscuro)

Para que los contribuyentes presenten su declaración anual 2023, el SAT cuenta con herramientas como: visores de nómina, tanto para el trabajador como para el empleador; visor de deducciones personales; visor de facturas emitidas y recibidas; aparte del sistema DNI SATcuya finalidad sea generar o renovar contraseñas.

¿Qué sucede si no presento mi declaración anual 2023 en el plazo establecido?

Los particulares pueden presentar su declaración extemporánea (fuera de las fechas establecidas) e incluso no ser multado, pero solo en un caso: si las autoridades fiscales no te han buscado, no habrá recargos, tal como lo establece el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

No se impondrán multas cuando las obligaciones tributarias se cumplan espontáneamente fuera de los plazos señalados por las disposiciones tributarias”, señala el artículo 73 del CFF.

Sin embargo, si la omisión fue descubierta por las autoridades fiscales y el contribuyente ya ha sido contactado, la persona debe pagar el multa responsable de las omisiones. El artículo 82 del CFF establece infracciones de 1.810 a 22.400 pesos por cada una de las obligaciones no presentadas, especialmente en el caso de declaraciones.

Una de las recomendaciones que da el SAT es hacer la declaración anual 2023 dentro de los plazos y no fuera de plazo, ya que en caso de necesitar rectificaciones o declaraciones complementarias tendrás tiempo suficiente. Recuerde que solo se pueden hacer tres complementarios, según el artículo 32 del CFF.

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