
MÉXICO.- Es común que, en el área de trabajode vez en cuando, Los conflictos laborales surgen entre los empleados y sus patrones cuando hay problemas o desacuerdos y, muchas veces, requieren de una tercera entidad para resolver dicho conflicto.
Según lo indicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), estos conflictos pueden estar relacionados con diferentes aspectos del empleo, como la salario, programas de trabajo, beneficios, Condiciones laborales y Medidas de salud y seguridadentre otros.
Recientemente, dicho organismo aclaró cuáles son los conflictos laborales que se pueden tratar y los que no se pueden tratar en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
¿Cuáles son los conflictos que se pueden reconciliar?
Señaló que, entre los conflictos laborales que se pueden conciliar, están aquellos despidos, desacuerdos entre empleador y trabajador, pago de liquidación, compensaciones y derecho de preferencia, antigüedad o promoción.
¿Cuáles son los conflictos que no se reconcilian?
Por otro lado, los conflictos que no tienen etapa de conciliación y deben ser tratados en los tribunales laborales son los bullying y acoso sexual, discriminación, reclamo de beneficios de seguridad social y violaciones de los derechos laborales fundamentales.
¿Tienes un conflicto laboral?
Es importante señalar que, en el actual régimen laboral, se privilegia el diálogo y el entendimiento para agilizar la implementación de la justicia.
En caso de conflicto laboral, el trabajador debe solicitar una conciliación en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
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