lun. Ago 10th, 2026

Debido al creciente aumento en la solicitud de mano de obra especializada y la posición geográfica que tiene nuestro país, a partir de 1970 el gobierno mexicano comenzó a tomar medidas específicas que pudieran favorecer el establecimiento de empresas extranjeras en la frontera norte, esto inició lo que hoy llamamos INDUSTRIA MAQUILADORA.

La industria maquiladora siempre ha contado con el apoyo del gobierno en términos de beneficios fiscales tanto en impuestos directos como indirectos y en comercio exterior, con el objetivo de incrementar su competitividad y hacerla atractiva para los inversionistas extranjeros.

Entre estos “beneficios fiscales” se encuentra la opción de pagar impuestos a través del método de Puerto Seguro o bajo la resolución de un Acuerdo de precio anticipado (APA)en los términos del artículo 182, penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta (aplicable hasta diciembre de 2021)

Derivado de la reforma tributaria, a partir del año 2022 la industria maquiladora ya no podrá pagar sus impuestos bajo el esquema APA debido a que se derogó el artículo mencionado en el párrafo anterior, sin embargo, si la empresa maquiladora hubiera estado obteniendo sus resoluciones de APA para For los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 aún podrás pagar tus impuestos con base en dicha resolución.

Es importante mencionar que esta “extensión” aplica únicamente para empresas con capital de inversión proveniente de Estados Unidos; las maquiladoras con capital de otros países debían pagar bajo la metodología Safe Harbor a partir de 2022.

El impacto que podría tener este cambio después de 2025 es algo que debe analizarse, ya que podría cambiar por completo la estructura de las maquiladoras tanto en el ámbito fiscal, como legal y de comercio exterior.

Si la empresa maquiladora no quiere pagar sus impuestos bajo el esquema de Puerto Seguro, entonces debe tomar la decisión y cambiar a una de las siguientes 3 opciones:

1. Fabricante por contrato.– Es una empresa que industrializa componentes o productos para otra empresa. Regularmente se le pide a la empresa que fabrique el producto basándose en algún diseño o con requisitos específicos. Todos los procesos, mano de obra, materias primas, líneas de producción, son responsabilidad de la empresa que fabrica el producto.

2. Fabricante de peaje.– Es muy similar al Contract Manufacturer, con la gran diferencia de que en este tipo de empresas toda la materia prima tiene que ser proporcionada por quien solicita la industrialización del producto, no por quien lo produce. Las instalaciones, mano de obra y maquinaria son del fabricante.

3. Fabricante de pleno derecho.- En este caso, quien solicita el servicio de fabricación de un producto deberá proporcionar el espacio, materia prima y maquinaria necesaria para la producción.

Se recomienda que las empresas maquiladoras con inversión de capital de Estados Unidos que actualmente están pagando impuestos bajo el esquema APA busquen apoyo de especialistas, ya que como mencioné anteriormente, existen implicaciones legales, fiscales, de comercio exterior y de precios de transferencia que tienen que ser analizado muy bien antes de tomar una decisión que cambiará por completo la estructura de la empresa.

Saludos y felices fiestas a todos.

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Metro

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