dom. Jun 21st, 2026

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Siguiente lunes Mayo 1 conmemorará la Día laboralla fecha en la que se recuerda una manifestación obrera ocurrida en Chicago (Estados Unidos) durante 1886 y que desencadenó la lucha por la búsqueda de derechos laborales en todo el mundo, pero por si hay que trabajar ese día, ¿Deberían pagarte el doble?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cuáles son las dias de descanso obligatorio, donde cierran dependencias y bancos, mientras que las empresas del sector privado determinan cuántas personas de su plantilla deben asistir. En el caso de los alumnos de nivel básico -preescolar, primaria y secundaria- cuentan con los llamados puentes.

Si trabajo el 1 de mayo, ¿tengo que pagar el doble?

Sí. Para principiantes, El 1 de mayo (o Día del Trabajo) es uno de los días oficiales y de descanso obligatorio que se fijan en el artículo 74 de la LFT. El próximo día como este será el domingo 4 de junio, aunque solo en el Estado de México y Coahuila, donde se realizarán elecciones para elegir gobernador y gobernadora, respectivamente.

El artículo 75 de la LFT dicta que los trabajadores obligados a prestar sus servicios en días oficiales deben recibir doble pago, y tal es el caso del próximo 1 de mayo. Además, los patrones y empleados determinarán el número de miembros que trabajarán durante el feriado.

Los trabajadores estarán obligados a prestar sus servicios y tendrán derecho a que se les pague, con independencia del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, doble salario por el servicio prestado”, establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

Días oficiales (y doble pago) restantes durante 2023*:

  • 4 de junio**
  • 16 de septiembre
  • 20 de noviembre (tercer lunes de ese mes)
  • 25 de Diciembre

*De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

**Solo en el Estado de México y Coahuila.

¿Qué puede hacer si no recibe el doble pago el 1 de mayo?

Las personas que prestaron sus servicios durante el 1 de mayo y no percibieron doble pago, de conformidad con lo dispuesto en la LFT, podrán acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde un abogado les ofrecerá asesoramiento jurídico, gratuito y personalizado.

Casos en los que los trabajadores pueden solicitar ayuda a Profedet:

  • Que la empresa o empleador no dé bonificación.
  • Falta de primas dominicales.
  • Incumplimiento del pago doble en días oficiales.
  • No conceder licencia de maternidad.
  • Falta de primas de antigüedad.
  • No dar beneficios derivados de una renuncia.

Él Centro de Orientación Telefónica Profedet tiene los siguientes números: 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942, en el caso del interior de la República; así como 55 5998 2000 en el caso de la Ciudad de México y el área metropolitana. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 am a 08:00 pm

Recuerda que solo puedes reclamar ante la Profedet en caso de que hayas trabajado el 1 de mayo y no hayas recibido doble pago; las personas que descansan sólo deben recibir el salario que les corresponde.

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