mar. Ago 25th, 2026

Aquellas personas que estén por iniciar un negocio, pretendan alquilar un local u ofrecer sus servicios profesionales, deberán registrarse ante el SAT bajo el régimen fiscal que les corresponda de acuerdo a su actividad económica e ingresos percibidos.

¿Qué es una persona física?

Es toda persona que realiza cualquier actividad económica; vendedor, comerciante, empleado, profesional, etc., que tiene derechos y obligaciones como todo mexicano.

Obligaciones tributarias de las personas físicas:

  • Inscripción al RFC
  • Emisión de comprobantes fiscales
  • Presentar la declaración de renta en forma mensual, bimestral, anual; el tiempo dependerá del régimen al que pertenezcan.
  • Presentar declaraciones informativas
  • Llevar un control contable
  • En algunos casos: Presentar las retenciones de ISR o IVA que hayan realizado, así como determinar la utilidad tributaria y la PTU de cada año.
  • Aviso de préstamos y aportes

¿Qué es un régimen fiscal?

El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones a los que un ciudadano se convierte en acreedor a partir del ejercicio de una determinada actividad económica. Dependiendo de tus actividades y de los ingresos que percibas en un momento determinado, puedes ubicarte en alguno de los siguientes regímenes:

Régimen de Fideicomiso Simplificado (RESICO)

Ideal para desarrollar microempresas u ofrecer servicios profesionales siempre que los ingresos totales de la actividad o actividades no superen el monto de las anteriores, no supere la cantidad de tres millones quinientos mil pesos anuales.


Régimen Asalariado

Se refiere a las personas que trabajan en subordinación a una organización o empresa. Los inscritos en este régimen sólo deben hacer una declaración anual ante el erario público.

Régimen de actividad empresarial

Este régimen no establece un monto mínimo de ingresos y pueden inscribirse las personas naturales que realicen actividades industriales de transporte, comerciantes, ganaderas, agrícolas o pesqueras. Ejemplo: restaurantes, ferretería, guardería, bares, artesanos, entre otros.

Régimen de arrendamiento de inmuebles

Indudablemente, pertenecen a este régimen los contribuyentes que obtengan rentas mensuales o anuales por el arrendamiento o arrendamiento de apartamentos, habitaciones, locales comerciales y cualquier inmueble o propiedad de su propiedad.

Régimen de actividades profesionales (honorarios)

Pertenecen a este régimen los profesionales sanitarios que acaban de abrir una consulta, los trabajadores autónomos y los contribuyentes que prestan sus conocimientos profesionales de forma independiente o sin percibir un salario.

Leer la nota Completa

Metro

By Metro

METRO es un sitio web internacional en donde destacan las noticias más relevantes de hoy, actualidad y diversos temas como deportes, politica, economía y más. Con información veráz y acertada en cada noticia de todo el mundo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *