
En ocasiones, los despidos laborales son injustificados; Sin embargo, existen ciertas actitudes en los empleados que las empresas detectan y que pueden ser motivo de pérdida del puesto de trabajo. forma justificada y sin liquidación.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre los despidos sin responsabilidad del patrón?
La Ley Federal del Trabajo en los artículos 46 al 52 expone todo lo relacionado con los despidos laborales.
El artículo 46 establece: “El trabajador o el patrón pueden terminar la relación de trabajo en cualquier tiempo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad”. Esto implica que tanto los empleados como sus empleadores tienen la capacidad de terminar la relación laboral.
Además, el artículo 47 detalla 15 causas por las que se puede extinguir la relación laboral “sin responsabilidad para el empleador”. Estas causas son:
- Engañar al patrón con certificados o referencias falsas en las que se atribuya al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de las que carece.
- Cuando el trabajador incurra, en el ejercicio de su trabajo, en falta de probidad u honradez, en actos de violencia, amenazas, insultos o malos tratos contra el empleador.
- Cuando el trabajador ataca a uno de sus compañeros.
- El trabajador causa intencionalmente daños materiales durante la ejecución de la obra o con motivo de ella, en los edificios, obras, maquinarias, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con la obra.
- El trabajador comprometa, por su imprudencia o negligencia inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que en él se encuentren.
- El trabajador comete actos inmorales o actos de acoso y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
- El trabajador revele secretos de fabricación o divulgue asuntos de carácter reservado, en perjuicio de la empresa;
- El trabajador tener más de tres ausencias en un período de treinta díassin permiso del empleador o sin causa justificada.
- El trabajador desobedece al patrón oa sus representantes, sin justa causa, siempre que se trate de la obra contratada.
La Ley Federal del Trabajo establece que cuando se incurre en alguno de los delitos antes mencionados, “el patrón que despide a un trabajador debe darle un aviso por escrito en el que se haga referencia clara a la conducta o conductas que motivan la terminación y la fecha o fechas en que se cometieron.
METRO es un sitio web internacional en donde destacan las noticias más relevantes de hoy, actualidad y diversos temas como deportes, politica, economía y más. Con información veráz y acertada en cada noticia de todo el mundo.
