vie. Jul 10th, 2026

Nadie está exento de una enfermedad y, actualmente, tratar cualquier tipo de afección puede resultar costoso para el bolsillo.

Por esta razón, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera los gastos médicos como deducibles de impuestos, con el propósito de ayudar a los contribuyentes a recibir un ‘vellón extra’ en su próxima declaración.

Ante esto, es importante recordar que en abril se requieren personas naturales presentar su declaración anual 2022 ante el SAT, trámite en el cual tienen la oportunidad de verificar cuáles fueron sus gastos e ingresos y así obtener un saldo a su favor. Por ello, es fundamental identificar cuáles son los gastos fiscalmente deducibles, que te contamos a continuación.

¿Qué es un reembolso de impuestos y quién puede hacerlo?

devolución de impuestos Tiene por objeto obtener la devolución de las cantidades que se hayan pagado indebidamente, así como el saldo a favor que haya resultado de la declaración del impuesto en el ejercicio. Es un derecho que tienen todos los contribuyentes.


Las personas que pueden realizar su declaración son físicas, morales y no asalariadas. Recuerda que este es un trámite gratuito que puedes realizar, siempre y cuando cumpla con los requisitos.

¿Qué gastos médicos se pueden deducir?

Según la página del SAT, lo siguiente Los gastos médicos se pueden deducir:

  • Honorarios médicos
  • Dentista, tratamientos y consultas
  • Servicios de psicología y nutrición.
  • Gastos médicos por incapacidad o invalidez
  • gastos hospitalarios
  • Medicamentos incluidos en las facturas del hospital (incluidos en los recibos del hospital, no en los recibos de farmacia)
  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
  • Compra o alquiler de aparatos para restauración o rehabilitación
  • Honorarios a enfermeras

¿Qué otros gastos son deducibles de impuestos?

Según el organismo fiscal, los siguientes También se pueden deducir los gastos:

  • Lentes ópticos graduados hasta en 2 mil 500 pesos
  • Pagos de primas de seguros de salud
  • Intereses reales, efectivamente pagados en el año, por préstamos hipotecarios para su vivienda
  • donaciones
  • Transporte escolar obligatorio
  • Aportaciones voluntarias al fondo de jubilación
  • Impuestos locales sobre los salarios
  • Tasas de matrícula (preescolar a secundaria)

Paso a paso: Así puedes hacer tu devolución de impuestos

La agencia explica que para obtener su devolución de impuestos debe hacer la declaración electrónicamente con una contraseña, e.firma o e.firma portátil. Además, debes verificar tu inscripción en el SAT y contar con un RFC (Registro Federal de Contribuyentes), que es un código único para cada persona o empresa que realiza una actividad económica.


Así es cómo:

  1. Seleccione la opción de devolución en la plataforma de declaración.
  2. Introduce un número de cuenta CLAVE a 18 dígitos, Este debe estar a tu nombre para que se cobre la devolución sin ningún problema.
  3. Complete la información solicitada y envíela.
  4. Para que su devolución sea efectiva, debe ser inferior a la 150 mil pesos, en caso contrario deberá solicitarlo a través del Formato de Declaración Electrónica (FED).
  5. Una vez enviado, obtendrá el acuse de recibo de su declaración y podrá proceder a realizar el pago. Es recomendable que pueda guardar los recibos.
  6. Si finalizaste tu declaración de la renta y la devolución no se realizó de manera automática, debes solicitarla antes del 31 de julio.

Si no puede solicitar un reembolso de forma automática, debe solicitarlo a través de la plataforma del SAT. Para ello, debe realizar el siguiente procedimiento:

  • Seleccione la opción de declaración de impuestos.
  • Inicia sesión con tu RFC, contraseña o e.firma.
  • Debes llenar el formulario indicado por la dependencia y subir los documentos solicitados.
  • Además, deberás tener a la mano documentación reciente, como un extracto de tu tarjeta en el que se vea la CLABE.

¿En qué casos no aplica la devolución de impuestos?

  • Quienes tengan rentas derivadas de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Quienes soliciten la devolución de ejercicios anteriores a 2022.
  • Quienes soliciten la Formato de Declaraciones Electrónicas antes de obtener los resultados de la declaración anual.
  • Los que no eligieron la opción de ‘reembolso’ al presentar su declaración.
  • Los que soliciten la declaración con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o lista a que se refieren los artículos. 69 o 69-B del CFF.

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