dom. Abr 26th, 2026

Escrito en ECONOMÍA él

El Gobierno de México publicó este viernes un decreto para prohibir el ingreso al país de productos importados elaborados bajo esquemas de trabajo forzoso.

“Para su importación al territorio nacional, las mercancías de cualquiera de las fracciones arancelarias del arancel no deberán haber sido producidas en todo o en parte mediante la utilización de mano de obra de trabajadores en situación de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil. forzado u obligatorio”, se lee en la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Indicó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) será la encargada de vigilar que se cumplan estos requisitos y emitirá resoluciones que garanticen que estos bienes importados cuenten con los mejores estándares laborales.

“La STPS recibirá, analizará y dará respuesta a las solicitudes de revisión de mercancías que presuntamente fueron producidas con trabajo forzoso”, dijo el gobierno mexicano en un comunicado.

En ese sentido, si se verifica que existe alguna anomalía, la STPS “podrá solicitar que se restrinja su importación, siempre con plena observancia del debido proceso”.

Las revisiones, señala el decreto, pueden ser extraoficiales por la STPS oa solicitud de personas naturales y moralmente constituidas en el país, en virtud del artículo 23.6 del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).

“Gracias al esfuerzo coordinado de los tres socios comerciales, América del Norte se ha consolidado como una de las regiones que ha fijado los más altos estándares para restringir la llegada de mercancías producidas con trabajo forzoso”, dijo el gobierno mexicano.

El tiempo que las empresas identificadas en un caso de trabajo forzoso tendrán 20 días hábiles para aclarar su situación.

“La STPS podrá solicitar la asistencia e información que estime necesaria a las autoridades nacionales y extranjeras competentes, de conformidad con la normativa aplicable”, dice el decreto en el DOF que entrará en vigencia en los próximos 90 días calendario.

Por su parte, la deliberación de la STPS podrá demorar hasta 180 días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, pudiendo este tiempo ser prorrogado por una sola vez por igual período.

De conformidad con el artículo 23.6 del T-MEC, sobre trabajo forzoso u obligatorio, las tres naciones se comprometen a impedir la importación a sus territorios, de otras fuentes, de mercancías producidas en todo o en parte mediante trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo forzoso u obligatorio. trabajo infantil obligatorio.

También forma parte de los compromisos internacionales suscritos por México, en virtud del Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde 1935, entre otras disposiciones legales del país.

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