vie. Ago 28th, 2026

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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aseguró 1.811 productos que contienen CBD, semillas de cáñamo, así como extractos de cannabis y otras sustancias, de la cadena Paraíso, en la Ciudad de México, bajo el argumento de que no hay evidencia sobre su seguridad, calidad y origen de fabricacion

Paradise es una empresa creada en Nuevo León para la comercialización de productos derivados de la marihuana, tanto para comercio electrónico como para venta al público, que Tiene tiendas en 25 estados de la República; la comercialización de sus productos está fuera de las normas sanitarias.

El expresidente Vicente Fox es socio de esta empresa y con su imagen promociona los productos.

Según las autoridades sanitarias, realizaron visitas de verificación a varios establecimientos de la cadena Paraíso, en la capital del país, como parte de la estrategia para evitar que se comercialicen productos prohibidos con etiquetado y mercadeo engañoso o que incumplen las normas sanitarias.

De acuerdo con la Cofepris y de conformidad con la Ley General de Salud, lan 165 muestras de etiquetas de diferentes productos por presentar diversas irregularidades en la información, entre ellos, algunos que tienen un código atribuido a la Cofepris, haciéndose pasar por un registro sanitario.

La Comisión informó que suspendieron actividades en una sucursal de Paraíso ubicada en la alcaldía Benito Juárezpor no contar con un aviso de funcionamiento que autorice el funcionamiento de dicho local como establecimiento de comercio.

El 11 de abril, la Cofepris denunció que durante los últimos días de la administración de Enrique Peña Nieto otorgó 63 permisos para la comercialización de productos cannábicos a empresas vinculadas a familiares de Vicente Fox por las que anunció una investigación.

¿Qué dice la ley sobre los productos de cannabis?

artículo 234 de la Ley General de Salud clasifica como estupefaciente a la marihuana sativa, indica y americana, así como su resina, preparados y semillas; por su parte, el artículo 245 establece que los cannabinoides sintéticos se clasifican como sustancias psicotrópicas.

Por su parte, el Reglamento para el Control Sanitario de Productos y Servicios establece que laLos complementos alimenticios no deben contener plantas en sus ingredientes que no están permitidos para infusiones o tés; entre ellas, cannabis sativa, indica y americana.

Asimismo, establece que en la etiqueta y en la información con la que se comercialicen los complementos alimenticios no deberá presentarse información en la que existen indicaciones preventivas, rehabilitadoras o terapéuticasademás de que no se deben utilizar estupefacientes ni sustancias psicotrópicas en la elaboración de productos de perfumería y belleza.

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