Desde principios del año pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SENTÉ) realizó la incorporación a la registro federal de contribuyentes (RFC) de jóvenes mayores de 18 años.
La medida generó muchas dudas sobre las obligaciones que tendrían que cumplir y sobre las sanciones que podrían recibir los jóvenes si no se apegaban a la ley.
Afortunadamente la institución aclaró que las personas que ya son mayores de edad y no cuentan con su RFC No serán sancionados ni multados. siempre y cuando no obtienen ingresos por la realización de ninguna actividad económica.
Asimismo, las personas que se hayan registrado o tengan previsto hacerlo no están obligadas a pagar impuestos ni presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; ni dar avisos, salvo que cambien de régimen e inicien actividad.
¿Cómo tramitar tu RFC online gratis?
Para obtener su RFC en línea, todo lo que necesita es ten a la mano tu CURP y sigue estos pasos:
- Ingresa al portal del SAT a través del siguiente enlace.
- Haga clic en el botón amarillo que dice INICIO.
- Rellene los datos que le solicita el formulario electrónico.
- Envía tu trámite al SAT e imprime la hoja anterior con el número de folio asignado.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia y entrégala a la autoridad fiscal.
- Recibe solicitud y acuse de recibo al RFC.
Los jóvenes que estén registrados en el RFC y no trabajen, deberán verificar que estén registrados como: “registro de personas naturales sin actividad económica” en el Portal del SAT para no generar una obligación tributaria.
En este enlace debe revisar su Comprobante de Situación Tributaria y verificar que en el apartado Régimen mencione: “Sin obligaciones tributarias”. En caso de no poder ingresar a este enlace por falta de Contraseña, se sugiere solicitarla en el SAT ID.

¿Qué obligaciones tienes ante el SAT como trabajador?
El SAT define un asalariado como aquella persona natural que percibe salarios y otros beneficios derivados del trabajo personal subordinado disponibles para un empleador, incluida la participación en las ganancias y la indemnización por despido.
Además de registrarse en el RFC, estas personas deben cumplir con las siguientes obligaciones tributarias para evitar ser multadas:
Actualizar información RFC
Una vez inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, deberá verificar que su información esté al día en caso de:
- Cambio de dirección. Envíe un aviso de cambio de dirección en línea para actualizar la información de su nueva dirección.
- Aumento o disminución de obligaciones. Puedes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiques una obligación, como la presentación de declaraciones. Puede iniciar y finalizar el proceso en línea.
- Suspensión de actividades. Cuando interrumpe sus actividades económicas. En este caso, el trámite también se puede realizar online.
- Reanudación de actividades. Después de estar en suspensión de actividades y regrese a realizar alguna actividad económica o tenga alguna obligación tributaria periódica de pagar, por cuenta propia o ajena. Puede iniciar y finalizar el proceso en línea.
Presenta tu declaración anual este 2023
Todos los años, la declaración anual debe presentarse en abril en caso de que cumpla alguno de los siguientes supuestos:
- Tener ingresos superiores a 400 mil pesos en el año.
- Si trabajó para dos o más empleadores en el mismo año, aun cuando su salario no haya excedido de 400 mil pesos anuales.
- Si solicitó por escrito a su empleador que no presentara su Planilla Anual.
- Si dejó de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si prestó servicios por cuenta ajena a personas que no hacen retención como embajadas u organizaciones internacionales.
- Si tiene otros ingresos acumulados (honorarios, arrendamientos, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- En caso de percibir rentas de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de compensación laboral.
¿Quiénes están exentos de presentar la declaración anual ante el SAT?
El portal del SAT establece que las personas que pueden omitir esta obligación son aquellos que caen en uno de los siguientes supuestos:
- Obtener ingresos exclusivamente de salarios de un solo patrón (aun cuando dichos ingresos superen los 400.000 pesos), siempre que se le haya emitido CFDI de nómina por todos los ingresos y no se le cobre impuesto en la declaración anual.
- Si obtuviste rentas de salarios y también de intereses nominales que no hayan superado los 20 mil pesos de las Instituciones que integran el Sistema Financiero.
Si tiene dudas, debe consultar las “Disposiciones Fiscales aplicables al régimen asalariado”. Allí podrás conocer de primera mano los sistemas legales de tu actividad.
Luego de conocer las obligaciones tributarias de las personas asalariadas, es necesario ingresar la parte de la gastos que se pueden deducir para que el pago de impuestos no sea tan alto.
Recuerde que las personas físicas tienen derecho a presentar deducciones personales en la declaración anual.
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