mié. May 6th, 2026

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó este viernes que otorgó una nueva extensiónhasta el 2 de octubre, para que los contribuyentes que pagan impuestos en el Régimen de Fideicomiso Simplificado (Resico) puedan realizar sus declaraciones de impuestos sin la firma electrónica activa.

“A fin de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, se amplía también el plazo, por 2 de octubre de 2023mantén activo tu Buzón Tributario”, agregó.

Y se aplaza el plazo para que puedan seguir emitiendo facturas electrónicas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”.

“En este régimen, para los contribuyentes con ingresos hasta 3,5 millones de pesos, la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) es del 1 por ciento al 2,5 por ciento”, explicó el SAT.


A este beneficio pueden acceder los contribuyentes que realicen las siguientes actividades:

Actividades empresariales y profesionales tales como talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, comedores, bares, pulperías, misceláneas, minisupermercados, escuelas, guarderías, ferreterías y repuestos; así como abogados, contadores, médicos, dentistas, entre otros servicios profesionales, entre otros.

● Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de apartamentos, casas y locales comerciales).

● Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras (Agapes).


Adicionalmente, pueden obtener ingresos por concepto de salarios e intereses, siempre que el total de ingresos no supere la cantidad de 3,5 millones de pesos anuales.

Especialistas en impuestos comentaron que en el caso Resico había una amenaza de que si no tenían la firma electrónica podrían quedar fuera de este régimen y no podrían facturar.

El SAT ha aplazado en varias ocasiones en 2022 y en 2023 la obligatoriedad de disponer de la e.firma, por fallos en la aplicación o por escasez de citas.

Por ejemplo, el año pasado había como fecha límite el 30 de junio y se movió al 31 de diciembre y luego este año se extendió al 31 de marzo de 2023, luego al 30 de junio y ahora al 2 de octubre.

Los expertos explican que con estas prórrogas el SAT les da un respiro a los contribuyentes, pero también la propia autoridad se los da, porque no bastaba con atender a todos los contribuyentes para emitirles su firma electrónica y el certificado de sello digital.

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