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El decreto para catalogar las obras gubernamentales como de seguridad nacional e interés público, publicado la tarde de este jueves, viola la suspensión otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) porque es similar al publicado en noviembre de 2021, dijo el Diario Nacional Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El INAI señaló que los términos previstos en este nuevo decreto afectan el derecho de la sociedad a conocer obras como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, entre otras.
Por ello, presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal; Pues bien, aunque este jueves también se invalidó el último acuerdo, “no se emitieron los efectos de la sentencia, con lo que no puede considerarse como un asunto totalmente concluido. Por tanto, debe quedar claro que los efectos de la suspensión no han cesado”.
El Instituto solicitó a la Corte que, el próximo lunes cuando se definan los efectos de la sentencia, se amplíe al Decreto recién publicado.
“Por la similitud existente, ya que ambas obras de infraestructura a cargo del gobierno federal están catalogadas como de seguridad nacional e interés público, lo que afecta el derecho a saber de la sociedad”.
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