MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) lanzó una advertencia a Geraldine Ponce, alcaldesa del Ayuntamiento de Tepic en Nayaritporque violó el veto electoral al publicar información sobre supuestas encuestas a boca de urna para las elecciones en el Estado de México.
El funcionario mencionó una consultora con sede en Monterrey, especializada en realizar encuestas de opinión a través de llamadas telefónicas. Esta empresa realizó una encuesta para las elecciones a la gubernatura del Estado de México.
No hay mal que dure cien años y ningún pueblo lo aguante… ¡Se van los PRInosaurios!
Felicidades Estado de México, elegiste bien con
@delfinagomezaEs la hora de las mujeres, México está listo para ser gobernado por una mujer.
¡La Transformación, ya nadie la detiene! ��������
pic.twitter.com/9D5wSc5GjE— Geraldine Ponce (@GeraldinePonceM)
5 de junio de 2023
Entonces el alcalde Geraldine Ponce, decidió compartir una captura de pantalla de la gráfica de dicha encuesta a las 3:30 de la tardeincurriendo en violación de veda electoral.

Tras recibir la advertencia del INE, Ponce procedió a borrar su publicación.
¿El INE multará a Geraldine Ponce por violar el veto electoral?
El Instituto Nacional Electoral respondió a su publicación vía Twitter, ambos del artículo 7 de la Ley General de Delitos Electorales, donde afirmó que “se impondrán multa de cincuenta a cien días y prisión de seis meses a tres añosa quien: durante los tres días anteriores a la elección y hasta el cierre oficial de las urnas ubicadas en los husos horarios más occidentales del territorio nacional, publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos”.
Elecciones 2023: ¿Qué es la veda electoral?
Según el Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral es el conjunto de medidas que tienen por objeto crear condiciones para que los ciudadanos reflexionen sobre el significado de su voto en libertad.
La prohibición electoral incluye el período de reflexión desde los 3 días previos al día de las elecciones y hasta el cierre de las urnasDurante este período están prohibidas las campañas y los actos de proselitismo electoral.
Así como difusión de todo tipo de propaganda electoral, con excepción de los servicios educativos, sanitarios o de protección civiltambién restringe la difusión o publicación de resultados, encuestas o sondeos de opinión sobre las preferencias electorales.
¿Cuál es la sanción por incumplimiento de la veda electoral?
La violación de estas restricciones supone una sanción, según lo dicta la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El Instituto Nacional Electoral es quien supervisa cada caso en cuestión, así como los órganos estatales.
Algunas de las sanciones por violar la veda electoral son: amonestaciones, retirada de propaganda, multas, suspensiones, baja del partido.
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