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Tres mujeres cercanas a la Cuarta Transformación fueron propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para reemplazar a Arturo Zaldívar en el Corte Suprema de Justicia de la Nación (SCJN): Bertha María Alcalde Luján, María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarramaperfiles que integran la terna que ya llegó al Senado de la República.
Ante la falta del quórum existente para discutir la terna enviada por el Presidente López Obrador, fue enviado a comisiones donde será analizado y discutido, solo entonces pasará al Pleno, pero ¿es posible que los legisladores lo ‘tumben’, porque los tres funcionarios son cercanos a AMLO? Nosotros te lo contamos.
¿Podrán ‘derribar’ la terna que AMLO envió al Senado para la vacante en la Corte?
Sí. En caso de que la terna enviada por AMLO llegue al Pleno del Senado de la República, uno de los perfiles debe ser aprobado por mayoría cualificadaes decir, requiere la dos tercios de los votos (85 de los 128 legisladores); Morena cuenta con 58 legisladores, el Partido Laborista con seis y el Partido Verde con siete, para un total de 71.
Eso significa Morena requiere 14 votos de legisladores opositores para que uno de los perfiles cuente con el visto bueno, lo que facultaría a una de estas tres funcionarias (Bertha María Alcalde, Lenia Batres Guadarrama o María Estela Ríos) para ser ministra de la Corte durante los próximos 15 años.
Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría cualificada y la lista restringida es rechazada, El presidente López Obrador tiene la oportunidad de enviar tres nuevos perfiles al Senado, según lo establece el artículo 96 de la Constitución Política. En la Cámara Alta, uno o más de los candidatos necesitarán nuevamente dos tercios de los votos.
Requisitos para ser ministro de la Corte*:
- Ser mexicano o mexicano por nacimiento.
- Las personas deben tener al menos 35 años.
- Contar con título profesional en Derecho con una antigüedad mínima de 10 años.
- “Tener buena reputación y no haber sido condenado por ningún delito”.
- Residir en el país durante los últimos dos años.
- No haber desempeñado cargo en el último año anterior al nombramiento: secretario de Estado, fiscal de la República, senador, diputado o titular del Poder Ejecutivo.
*Según el artículo 95 de la Constitución.
¿Y si ‘tumban’ las dos ternas de AMLO? El artículo 96 faculta al Presidente López Obrador para elegir cualquiera de los perfiles de la segunda propuesta: “De ser rechazada esta segunda terna, ocupará el cargo la persona que designe el Presidente de la República dentro de dicha terna.”
En breve, AMLO nombraría a la persona que ocupará la vacante en el Pleno de la Corte Suprema, sólo en el caso de que el Senado rechace los seis perfiles enviados en las dos ternas. Por ahora, el máximo tribunal de justicia tiene 10 ministros tras la renuncia de Arturo Zaldívar.
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