
CIUDAD DE MÉXICO.- Luisa María Alcalde, secretaria del Trabajo y Previsión Social, explicó que en abril comienza la distribución de utilidades.
El funcionario comentó que “todas las empresas en México están obligadas a repartir utilidades del 1 de abril al 30 de mayo”.
El alcalde mencionó que el reparto de utilidades es un Derecho Constitucional “donde se reconozca la contribución de los trabajadores en la utilidad de las empresas”.
“La cantidad está fijada en el 10%. Este 10% deberá distribuirse entre los trabajadores de acuerdo a las ganancias del ejercicio fiscal anterior, en este caso específico del 2022”, dijo.
¿A quién se aplica el reparto de utilidades?
El Secretario del Trabajo y Previsión Social señaló que la distribución de utilidades se aplica a todos los trabajadores que tengan trabajado durante al menos sesenta días en dicho período.
“Aplica también a todo tipo de empresas, siempre que tengan por lo menos un año de creadas y hayan obtenido como utilidades un monto superior a 300 mil pesos”, dijo.
El alcalde ha recordado que “todas las empresas deben repartir una copia de su declaración de la renta a sus trabajadores”.
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Así podrán saber cuál es el monto global que se va a repartir, pero también deberán publicar en un lugar visible la lista en la que se vea cuánto recibirá cada uno de los trabajadores, según el monto establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la forma de distribuir equitativamente el 50% según los días trabajados y el 50% según los salarios percibidos en forma proporcional”.
El funcionario invitó al público en general a aclarar dudas en la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo).
Participación de utilidades será de 90 días: AMLO
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, reveló que el reparto de utilidades será a 90 días este 2023.
AMLO dijo en 2021 que la reforma que regula la tercerización incluía la modificación de 8 leyes, además, dijo, con esta reforma “los trabajadores recibirán al menos 90 días de participación en las utilidades”.
¿Quién NO tiene derecho a recibir este beneficio?
- Trabajadores domésticos;
- Trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el año;
- Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la sociedad
- Profesionales técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios, sin relación laboral subordinada
¿Cuándo debe realizarse el reparto de utilidades?
Sesenta días después de la fecha en que se deba pagar el impuesto anual (31 de marzo), para que en el caso de Personas Jurídicas del Régimen General a más tardar el 30 de mayo se deba entregar al trabajador su participación en las utilidades y el 29 de junio para Personas Físicas del Régimen General de Actividades Empresariales.
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