sáb. Ago 15th, 2026

Todos están a la espera de lo que decidan los ministros de la SCJN sobre la inconstitucionalidad del Plan B. No cabe duda de que el proyecto es inconstitucional. Por supuesto, los ministros tendrán que estudiar y decidir sobre la base de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y tomar en cuenta las solicitudes de amicus curiae con sus argumentos. Por supuesto que la primacía constitucional es la que debe prevalecer en sus disertaciones y opiniones. Sin embargo, recordemos que el control de convencionalidad es todavía una doctrina en construcción. En otras palabras, los ministros tendrán que abordar el tema desde diferentes perspectivas que quizás lleven a versiones encontradas.

La discusión en plenaria no será fácil, tanto por las interpretaciones como por los debates entre pares. Si bien el Plan B se basa en una propuesta de ahorro de recursos públicos, dicho ahorro afecta los derechos humanos. Por tanto, el tema debe ubicarse no en un aspecto meramente administrativo, sino en las restricciones a los derechos políticos de los ciudadanos. Estamos entonces ante la definición de una democracia, cuyas reglas de juego, es decir, sus normas electorales, pueden generar ilegalidades, inequidades y comprometer las elecciones como vía para dirimir los diferentes proyectos de nación. Esto podría dar lugar a nuevos conflictos poselectorales, cuando el juez, es decir, los órganos electorales, no tengan las facultades para cumplir su función y resolver las diferencias.

Por lo tanto, estamos ante una situación muy delicada que compromete el acceso al poder con reglas claras, confiables y legales, aceptadas por los contendientes. La SCJN tiene entonces un desafío histórico que no imaginó y que la pone ante el análisis jurídico de la constitucionalidad de medidas que suponen un nuevo sistema electoral que afecta a los ciudadanos, y por ende, a la paz social. El estudio deberá realizarse para cada una de las leyes impugnadas, valorando no sólo la redacción y aplicación de la ley, sino también su alcance y efectos, así como los perjuicios que pueda ocasionar al proceso electoral ya los derechos políticos.

Según el artículo 105 de la Constitución, se requieren 8 votos para declarar inconstitucional una ley. No se trata de mayorías simples, sino de mayoría calificada, con un criterio contrario al que opera en otros tribunales constitucionales. Por supuesto que sabemos que el Ministro plagiador argumentará a favor del proyecto de gobierno, lo mismo que la Ministra Loretta Ortiz, así como el otrora respetado y ahora vilipendiado Ministro Zaldívar, quien difícilmente podrá lavarse la cara ante la historia. De los otros ocho ministros aún no sabemos su opinión, ya que las acciones constitucionales y las controversias apenas se ventilan, y por lo tanto, no se conoce su posición. Este mismo artículo establece que “en las controversias previstas en esta fracción, sólo podrán alegarse violaciones a esta Constitución, así como a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte”.

Esto implica tomar en cuenta no solo el texto constitucional sino también los tratados internacionales sobre la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre las Personas con Discapacidad, aquellos que afectan los derechos políticos y electorales de las mujeres como la CEDAW, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, Belem do Parao, entre otros. Esto se debe a que el Plan B afecta los derechos políticos de los ciudadanos, con mayor énfasis en la paridad y la violencia política contra las mujeres, además de reducir espacios para grupos minoritarios vulnerables.

El artículo 27 de la Convención de Viena establece sobre el derecho de los tratados, “una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación de la violación de un tratado”. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, “ha extendido el parámetro de convencionalidad a otros tratados de derechos humanos ratificados por el Estado ya las opiniones consultivas emitidas por éste con fundamento en el artículo 64 de la CADH12”. Desde el punto de vista del derecho internacional, “los tratados, pactos y convenciones tienen, en principio, vocación de primacía sobre cualquier otra norma jurídica”. La recepción del derecho internacional a nivel nacional “hace que los tratados internacionales dejen de ser derecho extranjero y pasen a ser derecho interno”. Así, los tratados tienen rango constitucional.

Los mexicanos confiamos en la SCJN, hasta con sus negritas en el arroz, y en ella depositamos la esperanza de que nuestra democracia no se vea afectada por quienes intentan violarla porque temen que el pueblo no los beneficie en las urnas. en 2024. No puede asumirse un criterio contrario al interés nacional, ni subordinarse a intereses individuales o grupales.

El otro ámbito donde se desarrolla la lucha por la democracia es el del nombramiento de los cuatro nuevos Directores del INE. Nadie cree posible que personas afines a Morena, sin experiencia electoral, sean las mejor calificadas en el examen aplicado con la Comisión Técnica de la Cámara de Diputados. Todavía hay procesos para calificar a los aspirantes, pero la mayoría morenista puede validar perfiles afines a las cuatro vacantes en los quintetos. Por supuesto, la oposición puede oponerse, pero la mayoría de Morena y sus aliados definirán el tema.

Aunque en principio el proceso de designación de los directores del INE implica el voto de la mayoría calificada de la Cámara de Diputados, Morena ha sido claro desde el principio. No le interesan los acuerdos y prefiere dar paso a la insaculación, donde lleva ventaja por el número de sus propuestas.

Parece inevitable que Morena acabe arrollando. Pero la ciudadanía está pendiente y dispuesta a continuar la lucha por los órganos electorales autónomos. El escenario puede ser la inconstitucionalidad del Plan B con su alcance, con mayoría de asesores morenistas. Esto implicaría una vigilancia ciudadana muy cercana al INE. El peor escenario es que no se aplique la inconstitucionalidad, solo se voten alcances, y el INE quede con mayoría morenista. Esto obligaría, además de la vigilancia ciudadana del INE, a la presión ciudadana sobre el Poder Judicial. De todos modos, la lucha por la democracia apenas comienza, pero la ciudadanía y los partidos están presentes.

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