Escrito en CDMX la
A partir del 1 de diciembre, el Regulaciones del tráfico del Ciudad de México sufrirá una serie de modificaciones, entre las que se incluyen nuevas disposiciones para los motociclistas y así evitar “muertes y accidentes” en percances viales, anunció la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y el Ministerio de Movilidad (semovi).
A partir de esa fecha, los motociclistas tendrán mayores restricciones para circular, si no cumplen con los requisitos estipulados por el Gobierno de la Ciudad de México. Esto generó descontento entre los dueños de estas unidades y ya se manifestaron frente a la Semovi, además de que planean posibles Cerraduras.
¿Por dónde no podrán circular los motociclistas a partir del 1 de diciembre?
Entre las nuevas disposiciones se encuentran: motocicletas con una cilindrada inferior a 600 centímetros cúbicos no podrán circular en el carriles centrales de vías de acceso controlado. Por ejemplo, los dueños de una motocicleta Honda Rebel 500 2020 no tendrían permiso para circular por los carriles centrales de Periférico.
Interior, Circuito Periférico y Viaducto Miguel Alemán Estas son algunas de las vías de acceso controlado, por donde los motociclistas ya no podrán circular si no cumplen con la cilindrada mínima, no tienenn carné de conducir en vigor tipo A1, seguro y un casco con características específicas para garantizar la seguridad del tripulante o tripulantes.
Estas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de diciembre, situación que ha generado molestia entre los motociclistas, quienes este martes se manifestaron en las afueras de Semovi y organizaron Cerraduras en diferentes caminos como: Paseo de la Reforma, Calzada de Tlalpan e Insurgentes.
¿Por dónde no deben circular los motociclistas, según el Reglamento de Tránsito?
De conformidad con el artículo 21 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, y sin las nuevas disposiciones, los motociclistas no deberán circular en: aceras y áreas reservadas para el uso exclusivo de peatones, carriles para bicicletas, carriles confinados para el transporte público de pasajerosentre carriles “excepto cuando el tráfico vehicular está detenido”.
En la actualidad, las motocicletas pueden circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, siempre que, las unidades no tienen menos de 250 centímetros cúbicos de cilindrada. Hacer “maniobras arriesgadas o temerarias” son otras de las cosas que están prohibidas en la Ciudad de México.
los multas actuales por violar estas disposiciones van desde 10 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), que tiene un valor de 96,22 pesos diarios para este 2022; sumado a que se le quitan tres puntos al carnet de conducir.
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