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En el marco de la guerra rusia y ucraniala Sala de Cuestiones Preliminares II de la Corte Criminal Internacional (CPI) emitió órdenes de arresto contra el presidente de Rusia, Vladimir Putiny María Alexeyevna Lvova-BelovaComisionado para los Derechos del Niño en la Oficina del Presidente de la Federación Rusa.
¿La razón? Putin es acusado de ser el presunto responsable del crimen de guerra de deportación ilegal de niños y traslado ilegal de bebés de las áreas ocupadas de Ucrania a Rusiaen virtud de los artículos 8-2A y 82B del Estatuto de Roma.
Dichos delitos, explican, fueron presuntamente cometidos en el territorio ocupado de Ucrania al menos a partir del 24 de febrero de 2022.
“Los crímenes presuntamente se cometieron en el territorio ocupado de Ucrania desde al menos el 24 de febrero de 2022. Hay motivos razonables para creer que el Sr. Putin tiene responsabilidad penal individual por los crímenes antes mencionados, habiendo cometido los actos directamente, junto con otros y/o por medio de otros -artículo 25-3A del Estatuto de Roma- y por no haber ejercido un control adecuado sobre los subalternos civiles y militares que cometieron los hechos”, detallan.
Por su parte, Maria Lvova-Belova es presuntamente responsable de los mismos hechos señalados.
Ante esto, el Sala de Cuestiones Preliminares II consideró que existen motivos razonables para creer que cada sospechoso es responsable del crimen de guerra de deportación y traslado ilegal de niños.
Dicha información era secreta para proteger a las víctimas y testigos y también para salvaguardar la investigación. Sin embargo, dada la situación actual, la Sala consideró que es de interés de la justicia autorizar a la Secretaría a hacer pública la existencia de las órdenes de aprehensión.
El órdenes de arresto antes mencionados fueron emitidos de conformidad con las solicitudes presentadas por la Fiscalía el 22 de febrero de 2023.
¿Se puede arrestar a Putin?
De acuerdo con Noticias DWla Corte Penal Internacional tiene algunas limitaciones, ya que su jurisdicción se aplica únicamente a los países signatarios del Estatuto de Roma -tratado constitutivo de la organización- oa sus nacionales.
Por tanto, hay una serie de países que no aceptan la figura de este tribunal, entre los que destacan Estados Unidos, China, India, Pakistán, Turquía, Israel o Rusia. Por lo tanto, las órdenes de arresto no serían válidas.
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