mié. Ago 26th, 2026

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Promoción del Empleo define la participación en las utilidades como una derecho constitucional de los trabajadores que se subordinan a una persona física o moral a cambio de un salario.

Cada año, las empresas y los patrones deben compartir una parte de las utilidades obtenidas en el año anterior con los trabajadores, en reconocimiento a su aporte al beneficio. este bono se considera un estímulo para los trabajadores y forma parte de sus derechos laborales.

Las empresas constituidas como personas morales tienen la obligación de entregar las utilidades a sus trabajadores hasta el último día hábil de mayoes decir, el miércoles 31.

De acuerdo con la LFT, si el trabajador no recibe este beneficio o lo paga de manera incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo establecido, para reclamar el pago de las utilidades.

De acuerdo con la LFT, si el trabajador no recibe este beneficio o lo paga de manera incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo establecido, para reclamar el pago de las utilidades.

En cambio, para las personas físicas la Ley Federal del Trabajo (LFT) contemplado el pago desde el primer día hábil de mayo hasta el último día hábil de junio, o el viernes 30.

¿Quién no recibe beneficios?

Las excepciones a este beneficio son: directores, administradores y gerentes generales; socios o accionistas; empleados ocasionales que han trabajado menos de 60 días durante el año correspondiente; y proveedores de servicios profesionales.

¿Qué hacer si mis ganancias no son depositadas?

En caso de no recibir la distribución de utilidades, tiene dos opciones:

1. Ir a la Profedet archivar una queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender estas denuncias y resolverlas en un plazo relativamente breve.

La Fiscalía General de la República solicitará al empleador que muestre los documentos que acrediten si existe distribución de utilidades correspondientes a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidades, aclarar este punto con el trabajador.

Sepa lo que debe cuando los servicios públicos no se entregan a tiempo.

Sepa lo que debe cuando los servicios públicos no se entregan a tiempo. Cupand

Fiscalía pone a disposición de los trabajadores servicios gratuitos de orientación para la distribución de utilidades por vía telefónica 018007172942 y 018009117877vía correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.

También puedes acudir personalmente a su 48 oficinas en todo el paísAdemás de contar con redes sociales en Twitter y Facebook.

2. La segunda opción es demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje con el fin de hacer ese reclamo y que se resuelva el caso para que puedan hacer el pago correspondiente, ya que es obligación de todos los patrones que han generado utilidades hacer esa distribución.

en esta nota

Leer la nota Completa

El Imparcial

By El Imparcial

EL IMPARCIAL, ahora en su versión en web online, es el periódico líder al Noroeste de México y en Sonora, con una cobertura informativa oportuna y veraz en materia de noticias de actualidad y relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *