Pago de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) Siempre es un dolor de cabezaya sea para personas que decidieron iniciar y liderar su propio negocio o quienes forman parte de una empresa.
Por ello, es importante recordar que los contribuyentes se dividen en dos categorías: personas físicas o jurídicas.
SAT: ¿Qué es una persona física y jurídica?
El personas fisicas Son aquellos que trabajan para una empresa y sus los impuestos son retenidoslos cuales deben estar detallados en sus recibos de nómina.
En ellos se identifica como Impuesto sobre la Renta (ISR) y se refiere a los ingresos que provienen de actividades comerciales o de prestación de servicios.
En caso de trabajar en el caso de las tasas, estos impuestos también se desglosan en los recibos y se realizan declaraciones a pagar mensualmente.
Mientras que la gente moralTambién conocidas como jurídicas, están conformadas por un grupo de personas u organizaciones, por lo que también se refiere a las empresas.
En estos casos la forma de realizar los pagos y retenciones cambia, ya que los descuentos no se realizan de forma presencial.

Por este motivo, si eres personal moral y necesitas hacer el cambio de nombre de la empresa Ante el SAT, primero se debe poner en orden la empresa y al mismo tiempo regularizarla, además de evitar problemas con proveedores, compradores, entre otros.
El primer paso es estar registrado en el SAT, así como tener el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) actualizado y, al mismo tiempo, contar con el de la empresa.
También es importante realizar el cambio tan pronto como se haya establecido la empresa o negocio que formaste, para empezar bien y al día con tus obligaciones tributarias.
El trámite es gratuito y son necesarias las siguientes características para las personas jurídicas:
- Los que modifiquen las actividades económicas que realicen y siempre que mantengan al menos una activa.
- Cuando cambian su principal actividad económica.
¿Cómo cambio mi régimen fiscal a persona física con actividad empresarial?
El trámite se realiza en cualquier sede del SAT y puede ser la más cercana al domicilio de la persona jurídica, es decir, la empresa.
El domicilio fiscal es el facilitado al bancos u otras instituciones financieras, en este caso, la dirección con la que está registrada la empresa.
La persona autorizada para presentar el aviso de cambio de nombre o razón social es el representante de la persona jurídica, en este caso, la empresa.
Previamente es necesario concertar una cita, como ocurre con personas físicas, a través de la página del SAT, y traer los documentos necesarios. Algunos de los requisitos son:
- Copia certificada del acta. donde se haga constar el cambio de nombre o razón social.
- Acuerdo en el que se ha determinado el cambio de denominación o denominación social.
- Identificación oficial vigente.
- Poder para acreditar la personalidad del representante legal de la empresa.
- documento notarial con el que se designó al representante legal para efectos fiscales
Estos papeles deberán ser entregados al servidor público que te atiende en el SAT y al finalizar será necesario recibir el reconocimiento de movimientos de que se realizó el cambio en tu situación fiscal.
Esto incluye sello digital, con número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
Es necesario realizar este trámite de manera presencial, ya que no está habilitado en línea ni a través de la página web del SAT.
¿Cómo actualizar mis datos en el SAT?
Es importante mencionar que el SAT exige a las personas jurídicas mantén tus datos actualizados y para ello es necesario contar con el RFC y la firma electrónica.
El trámite se realiza en línea y debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a que se haya realizado cualquier modificación o cambio.
El pasos para hacerlo en linea son los siguientes:
- Ingresa con tu RFC y contraseña.
- Seleccione la opción Servicios y solicitudes.
- Elija la opción Solicitud y el tipo de trámite a realizar.
Luego de este paso, deberás llenar un formulario para luego adjuntar los archivos y enviar la información solicitada.
Después de completar este proceso, debes recibir un acuse de recibo para confirmar que los cambios se hicieron correctamente y Estaban registrados ante el SAT.
Realizar este trámite en línea no significa que será aprobado automáticamente; incluso será rechazado si no cumpliste con alguno de los requisitos o documentos necesarios que solicita el SAT a las personas jurídicas.
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