vie. Abr 24th, 2026

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prepara un primer revés al Plan B de la reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y busca restituir a su cargo al exsecretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE) Edmundo jacobo

Según el proyecto de resolución presentado por la magistrada Janine Otalora, en cuanto fue destituida de su cargo, se observa una violación a la Constitución, además de que considera que el Congreso de la Unión no tiene capacidad para dictar sentencia. decisión. medida de esta naturaleza en los artículos transitorios de una reforma.

El proyecto establece que el artículo decimoséptimo transitorio del decreto de reforma, que fue publicado el pasado jueves 2 de marzo y que ordenaba la destitución de Edmundo Jacobo de su cargo, no fue aplicado, aun cuando el documento entró en vigencia al día siguiente.

“Dada la modificación de las atribuciones de la Secretaría Ejecutiva, con la entrada en vigencia del presente Decreto, la persona que ocupe dicho cargo cesará en su cargo a partir de su publicación”, se lee en el decreto.

Además, en el Plan B se añade que el Consejo General del INE deberá nombrar de entre los consejeros ejecutivos a un director de despacho, Roberto Heycher Cardiel Soto.

¿Por qué es inconstitucional la destitución de Edmundo Jacobo del INE?

Según Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la jueza Janine Otalora tomó la decisión por dos razones.

La primera, porque la medida que ordenó la destitución de Edmundo Jacobo implicaba una ley “dedicada” a una persona, en contra de lo establecido en el artículo 13 de la Constitución, en el sentido de que las leyes deben ser abstractas, generales, dirigidas a un número indeterminado de personas con pretensión de perdurar incluso en el tiempo.

Por otro lado, la medida viola lo que establece la Constitución en el sentido de que sólo el Consejo General del INE puede nombrar y remover del cargo al propio Edmundo Jacobo.

“Corresponde al Consejo General del INE por mayoría cualificada de 8 de 11 votos la designación del cargo, la remoción es la misma. No puede hacerse si la Constitución y la ley dicen que está dentro del ámbito de la INE, que de repente el Congreso de la Unión en un artículo transitorio quiero tomar una resolución que corresponde al Consejo General”, explicó Martín Reyes.

Por ello, el especialista instó a que la decisión del TEPJF se tome a la brevedad y que se pueda revertir esta medida del Plan B para restituir a Edmundo Jacobo como Secretario Ejecutivo del INE.

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