vie. Jun 5th, 2026

El ministro de la Corte Suprema, Javier Laynez, propondrá al pleno de la Corte Constitucional declarar la nulidad total, por violaciones al trámite legislativo, del Plan B de la Reforma Electoral que impulsa el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto será analizado y votado en sesión del Pleno del Tribunal Supremo y, si se aprueba dicho proyecto, la sentencia tendrá efectos inmediatos.

Con ello, se mantendría vigente la Ley que estaba vigente hasta antes de la entrada en vigor del decreto invalidado, leyes que, además, ya no podrían ser modificadas hasta el final del proceso electoral 2023-2024.

El proyecto indica que, de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el próximo proceso electoral, en el que se elegirá al próximo Presidente de la República, comenzará la primera semana de septiembre de 2023.


Por lo tanto, si el congreso de la union decide, en el ejercicio de sus facultades, legislar nuevamente sobre la materia del decreto invalidado, deberá cuidar de no incurrir en los vicios señalados en la sentencia.

Es decir, deben garantizar, entre otras cosas, un adecuado proceso legislativo y la consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanasasí como una consulta para personas con discapacidad.

El Decreto es declarado nulo por la cual se reforman disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de Medios de Apelación en Materia Electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2023, en su totalidad”, dice el proyecto del ministro Javier Laynez.

¿Cuáles son las fallas del Plan B de la Reforma Electoral?

El proyecto estima que hubo violaciones graves en al menos siete de los vicios legislativos denunciados por los partidos de oposición (Movimiento Ciudadano, PAN, PRD y PRI); diputados y senadores federales de oposición; así como el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).


Uno de los vicios legislativos acreditados es que la mayoría morenista en la Cámara de Diputados omitió indebidamente motivar las dispensas de tramitación aprobadas en las sesiones del 6 y 15 de diciembre de 2022.

Otra es que la iniciativa no fue publicada ni distribuida con la debida anticipación; una más es que la publicada en la Gaceta Parlamentaria no fue sustituida por otra versión una vez ya iniciada su discusión

La cuarta se refiere a que no se concedió un plazo razonable para discutir y votar la iniciativa; la quinta es que ambas Cámaras del Congreso de la Unión modificaron artículos del proyecto de decreto que, en términos del artículo 72, fracción E, de la Constitución no podían sufrir modificación alguna.

El sexto vicio legislativo acreditado es que la Comisiones Unidas de Interior y Estudios Legislativos del Senado, aprobaron el dictamen sin tener el quórum ni la mayoría exigidos por el Reglamento de la Cámara Alta.

Mientras que el séptimo aspecto es que la reforma fue aprobada sin haber realizado una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como una consulta a las personas con discapacidad.

Para el Ministro Laynez, se trata de violaciones graves del proceso legislativo las cuales, en su conjunto, justifican la nulidad total de la reforma impugnada.

“La serie de infracciones identificadas en el trámite legislativo recientemente analizado representa una vulneración directa del principio de deliberación democrática y, por tanto, el decreto impugnado debe ser invalidado en su totalidad”, dice el proyecto publicado este lunes en las plataformas electrónicas del Supremo. Corte. .

El Plan B de la Reforma tenía como propósito una reestructuración del INE, lo que implicaba un adelgazamiento de su estructura, además de reducir competencias al Tribunal Federal Electoral (TEPJF), entre otros cambios.

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