
Si alguien tiene motivos para creer que existe un “complot” en su contra, no es el gobierno, sino la industria de alimentos y bebidas preenvasados.
Desde el inicio de este sexenio han estado en la mira y vaya que están recibiendo cañonazos: el primero fue la modificación a la norma de rotulado NOM-051 publicada en marzo de 2020 —al inicio de la pandemia del COVID-19 pandemia—, que les obligó a reponer todos sus embalajes, incluso los no retornables, cuando la materia prima y la mano de obra escaseaban.
Hugo López-Gatell se encargó de mencionarlos con frecuencia en sus conferencias vespertinas, atribuyéndoles gran parte de la responsabilidad de las muertes relacionadas con el coronavirus, ya que, según sus propias palabras, son: “el principal motor de la epidemia de obesidad, sobrepeso y diabetes en México”.
Una de las cosas que más perjudicó a las empresas fue la prohibición de utilizar personajes, dibujos animados, deportistas o famosos en los envases de productos que lleven alguna leyenda de advertencia. Personajes icónicos como Tigre Toño o Gansito de Marinela constituyen una valiosa propiedad intelectual que no puede ser restringida sin una justificación científicamente acreditada.
El capítulo más reciente de esta guerra inició el 8 de septiembre de 2022, fecha en la que se publicaron las reformas al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad que establecieron nuevas prohibiciones y requisitos para la publicidad de alimentos y bebidas. Los cambios entran en vigencia el 7 de marzo de 2023, a partir de esa fecha queda prohibido el uso de personalidades, celebridades, atletas o mascotas en la publicidad de productos que muestren etiquetas de advertencia.
Además, la publicidad de alimentos y bebidas en televisión abierta, televisión restringida, salas de cine e Internet deberá contar con la autorización de la Cofepris. El problema es que la autoridad tenía 90 días para emitir los lineamientos necesarios para tramitar estos permisos y, para estas fechas, ni siquiera se sabe si se ha iniciado la revisión ante la Conamer. De no aplazarse la entrada en vigor del Reglamento, ninguna empresa tendrá permiso de publicidad al 7 de marzo de 2023.
Toda esperanza está en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presidido por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, que el pasado 11 de enero interpuso demandas contra tres empresas que impugnaron la norma de etiquetado NOM-051. El precedente establecido por el Pleno determinará en gran medida el futuro de las empresas de alimentos y bebidas preenvasados.
Posdata. Hablando de prohibiciones, me ha parecido desproporcionado que, a través de un reglamento, las autoridades sanitarias hayan prohibido fumar en lugares públicos y abiertos como parques y playas. Se lo comenté vía Twitter a Miguel Ángel Toscano, comisionado de la Cofepris en el gobierno de Felipe Calderón, quien elegantemente me respondió: “No digas mamadas”. Promoveré mi solicitud de protección para ver quién dice realmente “mamadas”.
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