
El Personas físicas que obtuvo ingresos en año fiscal 2022 Están obligados a pagar sus impuestos a través de la declaración anual, que deben presentar a más tardar en abril de 2023.
Este trámite es un documento que se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el cual se personas, físicas o morales, crea un informe detallado de todas tus operaciones contables y fiscales realizadas el año anterior.
Por tanto, dependiendo del régimen fiscal en el que se encuentre cada contribuyente, tendrá derecho a efectuar las deducciones que le correspondan. Además, tienen la oportunidad de realizar deducciones personales.
SAT: ¿Qué son las deducciones personales?
Según el SAT, las deducciones personales se basan en el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Dicho apartado indica que las deducciones son los gastos que como contribuyente tienes derecho a reducir de tus ingresos acumulados en el Declaración Anual del ejercicio correspondiente.
¿Qué deducciones personales admite el SAT?
Las deducciones personales son:
Salud:
- Honorarios por servicios médicos, dentales y profesionales en psicología y nutrición. (Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes)
- Gastos hospitalarios y medicamentos incluidos en las facturas hospitalarias. (Los vales de farmacia no son aplicables)
- Honorarios a enfermeras
- Análisis, estudios clínicos
- Compra o alquiler de dispositivos para la recuperación o rehabilitación del paciente
- Prótesis
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud prestados por las instituciones públicas de seguridad social.
Los gastos de salud serán deducibles siempre que hayan sido realizados para usted, su cónyuge o pareja de hecho, sus padres, abuelos, hijos y nietos.
Educación:
- Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
- Tasas de matrícula en instituciones educativas privadas con validación oficial de estudios. Desde el nivel preescolar hasta el bachillerato o equivalente, por las siguientes cantidades (límite de deducción anual):
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primario: 12 mil 900 pesos.
- Secundario: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Para hacer efectivo este beneficio es necesario contar con el correspondiente comprobante de pago.
Cuando realice pagos en un mismo ejercicio, para una misma persona, por servicios educativos correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que podrá reducir es el que corresponda al mayor monto de los dos niveles, independientemente de que es el nivel que terminó o el que comenzó. Las cuotas de registro o reinscripción no pueden ser deducibles.
Otros:
- Gastos de funeral de su cónyuge o concubina, así como de sus padres, abuelos, hijos y nietos, puede hacerlos con cualquier medio de pago y debe contar con la factura.
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados de préstamos hipotecariosdestinados a su vivienda, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otros, y siempre que el crédito otorgado no supere las setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
- Donaciones otorgadas a instituciones autorizadas para recibir donaciones. (El monto de las donaciones no excederá del 7 por ciento de los ingresos acumulados que sirvieron de base para el cálculo del impuesto sobre la renta del año anterior).
- aportes complementarios retiros realizados en la subcuenta de aportes voluntarios de sus planes personales de retiro (Afore).
- Él pago de impuestos locales por salarioscuyo tipo no exceda del 5 por ciento.
¿Qué requisitos necesitas para que se aplique la deducción fiscal?
Es importante señalar que el pago de estos gastos requiere que sea por cheque personal del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, débito o servicio. No procede la deducción si el pago se hizo en efectivo. Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.
El importe total de la deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad e invalidez, donaciones, aportes voluntarios y aportes complementarios al retiro, así como incentivos fiscales) no podrán exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) por año o el 15 por ciento de sus ingresos totales, incluidos los exentos, el que sea menor.
Para más información, consulte las disposiciones fiscales aplicables al régimen que le corresponda, donde podrá consultar específicamente los regímenes jurídicos de su actividad.
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