jue. Ago 20th, 2026

MÉXICO.- El artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta indica que Si el monto de los desembolsos en un año es superior a los ingresos declarados, las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal..

El SAT notificará al contribuyente de la discrepancia y le dará 20 días para responder.

Según información de El Contribuyente, la ley considera los desembolsos para gastos, adquisición de bienes, depósitos e inversiones bancarias y pagos con tarjeta de crédito.

La autoridad fiscal puede utilizar cualquier información que tenga para determinar el monto de los gastos.

Es importante conocer el procedimiento a fondo, llevar un estricto control de las finanzas personales y tener recibos para aclarar cualquier discrepancia.

Además, es necesario informar en la declaración anual de premios, préstamos o donaciones si superan ciertos límites establecidos por la ley.

Te puede interesar: ¿Realmente el SAT revisa los depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos?

en esta nota

Leer la nota Completa

El Imparcial

By El Imparcial

EL IMPARCIAL, ahora en su versión en web online, es el periódico líder al Noroeste de México y en Sonora, con una cobertura informativa oportuna y veraz en materia de noticias de actualidad y relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *