mié. Abr 8th, 2026

CIUDAD DE MÉXICO.- El plazo para la distribución de utilidades está muy próximo y es importante conocer cómo se comporta este beneficio en caso de que el trabajador tenga la obligación de pagar alimentos.

Una vez pagadas las utilidades y no compartidas con los hijos a través de la pensión alimenticia, hay casos de demandas por eso omisión que las empresas, el padre o la madre cometieron por no notificar.

Pero para saber si los hijos también pueden disfrutar de la distribución de utilidades que reciba el trabajador obligado a dar alimentos, se debe consultar el Manual Fiscal del Trabajo 2023, elaborado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con el documento publicado con la colaboración de la Secretaría del Trabajo y la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), y la Secretaría del Trabajo y Promoción del Empleo de la Ciudad de México, especialmente sobre la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se debe considerar que en además de ser un derecho, es un instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y al Justicia social.

Para saber si los hijos también pueden disfrutar de la distribución de utilidades que perciba el trabajador obligado a dar alimentos, se debe consultar el Manual Laboral Fiscal 2023.

Según el manual, el descuentos en utilidades de los trabajadores están prohibidos, salvo en algunos casos y con ciertos requisitos.

Uno de ellos es el pago de pensión alimenticia a favor de acreedores de alimentosdecretado por la autoridad competente.

¿Llega una parte a los niños?

Es decir, si está permitido. deducir de las gananciascon lo cual los hijos que tienen pensión alimenticia reciben una parte.

Lo mismo ocurre en materia fiscal, es decir, a determinados trabajadores se les descuenta del impuesto que causan dichas rentas.

Deducido de las ganancias Impuesto Sobre la Renta (ISR) que corresponda, en su caso, por las ganancias percibidas, pero sólo por el exceso de 15 días de salario.

La empresa también puede sustraer las deudas contraídas con el patrón por concepto de anticipo de utilidades, pérdidas por daños o adquisición de artículos producidos por la empresa.

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El monto exigido en ningún caso podrá ser mayor al monto de las utilidades que corresponda al trabajador y el descuento será el que convengan el trabajador y el patrón, sin que pueda exceder del 30% del exceso del salario mínimo.

De igual manera, los descuentos aplican para pagos a plazos para cubrir los créditos del Infonavit, los cuales deben ser aceptados libremente por el trabajador.

Asimismo, la pago de cuotas para la constitución y promoción de sociedades cooperativas y cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su acuerdo y que su salario no supere el 30% del excedente.

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