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Aunque faltan varios meses para presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SE SENTÓ), las personas físicas deben tener su Buzón Fiscal para recibir notificaciones y no estar sujeto a multa. A continuación te contamos cómo puedes habilitarlo paso a paso desde la comodidad de tu hogar.
Para habilitar el Buzón Tributario las personas físicas deben contar con una serie de requisitos: firma electrónica -que se tramite ante las oficinas del SAT- o contraseñaademás de tener un correo electrónico y un número de teléfonopreferentemente, quienes se registraron ante la agencia para realizar trámites.
¿Cómo habilitar tu Buzón Fiscal?
El primer paso para habilitarlo es ingresar a la página. https://www.sat.gob.mx.Para luego haga clic en la sección Buzón Fiscal; Recuerda hacer el trámite desde una conexión segura (como la de casa), y nunca desde una red pública o compartida, como un centro de trabajo o una plaza comercial.
El siguiente paso es elegir la opción. Configuración y llena la información de contacto que requiere el SAT (número de teléfono y correo electrónico). Recibirás una notificación por correo electrónico, así como un código en tu smartphone, que deberás registrar en este apartado correspondiente para validar el medio de contacto. Finalmente debes hacer clic en continuar y tu buzón estará listo.
Solo personas naturales Tienen 72 horas para acreditar su medio de contacto (un número de teléfono y hasta cinco correos electrónicos). En caso de que el registro se haya realizado exitosamente, el SAT mostrará un mensaje con los siguientes datos: fecha, folio y hora de registro, luego deberá hacer clic en imprimir acuse.
Es importante tener cuidado al registrar el código de activación, ya que si se ingresa incorrectamente tres veces, el sistema quedará bloqueado durante 30 minutos. “Los medios de contacto podrán ser modificados para actualizarlos o eliminarlos cuando así lo requieras”afirma el SAT.
¿Y qué puedes consultar en tu Buzón Fiscal?
En la página de inicio del Buzón Fiscal, las personas físicas pueden acceder a varias secciones: noticias, calendario, normativa, contacto, orientación, ayuda, configuración -donde se pueden gestionar y cambiar los medios de contacto-, así como los favoritos de cada usuario en el portal del SAT.
El Buzón Tributario puede actualizarse para las necesidades de cada persona (física o jurídica), ya que en el menú de procedimientos Aparecerán los más habituales para tu régimen, como la declaración anual. Esto no significa que no pueda revisar contenido para entidades legales.
Los contribuyentes que no tengan habilitado su Buzón Tributario podrán ser acreedores a una multa de 3,080 a 9,250 pesos, esto con fundamento en lo dispuesto en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación. El SAT pide a todas las personas habilitar esta herramienta lo más pronto posible.
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