vie. Ago 21st, 2026

MÉXICO.- En su primera sesión, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó si es o no constitucional que la Guardia Nacional esté bajo el control de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena)y por lo tanto, no tiene un mando civil.

El proyecto de ley fue presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien argumentó que se creó la Guardia Nacional como cuerpo de seguridad pública civil, pero un decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador oficialmente lo hizo parte de la Sedena.

El proyecto presentado por el ministro Alcántara Carrancá parte de la premisa de que en tiempos de paz, los militares sólo pueden intervenir en tareas de seguridad excepcionalmente. La sesión del 17 de abril concluyó con la participación de algunos ministros y Se espera que la discusión continúe el martes 18 de abril, fecha en la que se espera la votación del proyecto.

¿En qué etapa se encuentra la discusión del proyecto sobre el mando de la Guardia Nacional?

Varios ministros ya expresaron su posición sobre el proyecto que propone declarar inconstitucional que el Ministerio de la Defensa Nacional tiene el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional.

Sin embargo, Una de las posiciones que más sorprendió fue la del ministro Arturo Zaldívar, quien se opuso al proyecto argumentando que las Fuerzas Armadas están subordinadas al Presidente de la República.que es un civil.

Según Zaldívar, esto significa que no se puede hablar de una “militarización de la seguridad pública”.

El hecho de que las secretarías de Defensa y Marina intervengan en funciones de control y operación de la Guardia Nacional no la militariza ni la hace perder su carácter civil. Son secretarías de Estado civiles, a cuyo frente se encuentran los secretarios de despacho de la administración pública centralizada, cuyo titular es el Presidente de la República.

Las fuerzas policiales deben adoptar enfoques militares: Zaldívar

Arturo Zaldívar afirmó que sería positivo que los cuerpos policiales adoptaran enfoques militares y que el carácter civil de la Guardia Nacional sólo se alteraría si se modificaran sus objetivos, formación y funciones.

Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Norma Piña Hernández expresó su apoyo al proyecto para declarar inconstitucional el traspaso de la Guardia Nacional al Ministerio de la Defensa Nacional.

La ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, argumentó que la seguridad ciudadana es responsabilidad de las autoridades civiles, mientras que las fuerzas armadas están a cargo de la seguridad nacional.

En consecuencia, según el ministro, la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad debe ser extraordinaria, reglada, controlada, subordinada y complementaria.

La ministra Yasmín Esquivel, quien al igual que Arturo Zaldívar no estuvo de acuerdo con el proyecto, Sostuvo que la Guardia Nacional es un organismo civil porque está subordinado al Ministerio de Seguridad Públicay porque el control operativo del Ministerio de la Defensa Nacional está limitado por la Estrategia de Seguridad Nacional.

Además, en línea con la posición de Zaldívar, el ministro afirmó que el Senado, integrado por civiles, es el órgano encargado de evaluar esta estrategia.

Si bien la Sedena tiene a su cargo el control administrativo, operativo, presupuestario y de mando de la Guardia Nacional, ello no implica que se esté incumpliendo el artículo 21 constitucional, ya que la SSPC continúa desarrollando la estrategia de seguridad”, destacó Ministra Yasmín esquiva.

¿De qué trata el proyecto al mando de la Guardia Nacional?

El proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá busca invalidar el decreto emitido por el presidente AMLO que otorgó el control de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena)convirtiendo a la institución en una fuerza militar en lugar de civil.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sostiene que El cambio de mando de la Guardia Nacional a la Sedena debe ser evaluado desde tres perspectivas: lo histórico, lo democrático y los derechos humanos.

Desde una perspectiva histórica, se observa que La Guardia Nacional siempre ha sido un cuerpo diferente al Ejército desde el siglo XIX..

En cuanto a la perspectiva democrática, en 2019 se estableció que la Guardia Nacional sería una institución civil en el artículo 21 de la Constituciónlo cual se cuestiona con el traspaso del mando a la Sedena.

Desde una perspectiva de derechos humanos, las sentencias internacionales vinculantes desde 2011 indican que la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad sólo puede darse en forma extraordinaria, reglada, supervisada, subordinada y complementaria.

Además, el proyecto cuestiona el impacto de este cambio, como la cancelación del mando civil de la Guardia Nacional acordada en 2019 y el regreso de la corporación al control militar.

El proyecto que se debate en el pleno de la SCJN defiende el carácter civil de la Guardia Nacional y protege el proceso democrático de toma de decisiones. Para ser aprobada se requiere el voto favorable de al menos 8 ministros.

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