El Pleno de Senado de la República aprobó este martes sancionar a quienes graben, difundan o distribuyan con hasta 18 años de prisión y una multa económica de más de 200 mil personas. Imágenes de cadáveres víctimas de la violencia..
La reforma fue aprobada por unanimidad y enviada a la Cámara de Diputados para su posterior discusión y posible aprobación, la cual tiene como objetivo proteger la privacidad y dignidad de las víctimas y ofendidos, así como preservar la confidencialidad de la información contenida en carpetas. de investigación o proceso penal que deben mantenerse confidenciales.
Asimismo, busca garantizar la seguridad, privacidad, dignidad y bienestar físico y psicológico de las víctimas, especialmente cuando sean niñas, niños, adolescentes o mujeres.
Con esto se contempla modificar el artículo 225 del Código Penal Federal e imponer multas de hasta 232 mil pesos y sancionar con hasta 18 años de prisión a quienes difundan imágenes de personas sin vida en distintos medios de comunicación.
¿A quién va dirigida la reforma del Senado?
De acuerdo a lo expuesto en el foro por la senadora de Morena, Olga Sánchez Cordero, la reforma a dicho artículo busca sancionar a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, registre, fotografíe, reproduzca, comercialice, ofrezca, intercambie , copiar o compartir con quienes no tengan derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal es reservada o confidencial.
Las sanciones se aplican a funcionarios, periodistas, YouTubers, personas o representantes de medios que compartan información sensible.
“Al servidor público que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, reenvíe, distribuya, registros de video, registros de audio, fotografías, películas, reproduzca, comercialice, ofrezca, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga la derecho o facultad sobre este, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que funcionen o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señala como delito, se impondrá pena de seis a diez años de prisión y multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización.”, dice la propuesta.
Asimismo, se agrega que “se incrementará hasta en la mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o cuando la información corresponda a cadáveres”.
Sánchez Cordero recordó que esta reforma está inspirada en el caso ocurrido en febrero de 2020 en el que fotografías del cuerpo de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio, fueron difundidas en diversos medios y redes sociales, generando amplia indignación en la sociedad.
Y la difusión de imágenes e información de víctimas de la violencia Se considera un atentado grave a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas, por lo que, con el reforma aprobada este martes en el Senado El objetivo es evitar que se repitan casos similares al de la joven y garantizar en el futuro un trato respetuoso y digno a las víctimas de violencia.
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