
Exsecretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE)
Cada proceso electoral es una sucesión precisa de actividades que deben concatenarse para que todo esté listo en el momento adecuado y podamos acudir a votar. Lo mismo aplica para que quienes quieran concursar conozcan con antelación los plazos y condiciones que deberán cumplir para poder registrarse y realizar sus actividades.
De lo que se trata es de tener certezaque se conozcan las reglas y los tiempos para garantizar la equidad en el concurso y ayudar a garantizar que se respeten las reglas del juego.
La semana pasada, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del INE en el que se establecía que el período de precampaña federal (aquel en el que los partidos políticos definen sus candidaturas a la Presidencia de la República , a los 128 senadores y las 500 diputaciones) comenzaría el 5 de noviembre, cuando la ley establece que esto debe ocurrir durante la tercera semana de dicho mes.
El hecho de que el INE haya acordado un calendario distinto al previsto en la ley no es algo extraordinario; lo ha hecho en otras ocasiones con el propósito de viabilizar el despliegue y materialización de diversas facultades, obligaciones y derechos.
Recuerdo que en 2014 se acababa de aprobar la reforma electoral que le dio al INE la tarea exclusiva de supervisar el origen y destino de los recursos utilizados para las actividades político-electorales (antes de esa reforma, el IFE solo se encargaba de lo relacionado con a las elecciones). federal), tomamos en cuenta algo que el legislador no consideró al aprobar las nuevas normas: los tiempos.
Vayamos, por partes, que la reforma fue de gran trascendencia y entre otras cosas profundizó en las consecuencias de la auditoría, de tal manera que el incumplimiento de lo dispuesto en la materia (exceder los límites de gastos de precampaña y campaña o no presentar informes) podría resultar en la anulación de registros de candidaturas o incluso en una victoria electoral.
Pero para que lo anterior sea posible, los dictámenes de auditoría deben entregarse en plazos muy cortos (el INE tiene 45 días después del día de las elecciones para hacerlo) de modo que la resolución del litigio correspondiente concluya antes de que el funcionario electo asuma su cargo. formalmente el puesto. De no ser así, la sanción sería nula.
Lo que parece requerir sólo una programación lineal en un calendario se vuelve complejo si consideramos, entre otras cosas, que cada instituto electoral (OPLE) en las 32 entidades del país tiene la facultad de aprobar el calendario de las elecciones locales.
Hace nueve años, al preparar el borrador del calendario de la auditoría, nos encontramos con un rompecabezas imposible de armar; las fechas de inicio y finalización de las distintas etapas de los procesos electorales no coincidieron.
La única solución formal era hacer uso del poder de atracción del INE para estandarizar calendarios, pero eso no se podía hacer de manera arbitraria, era imprescindible la consideración de la lógica y las normas locales, ya que una “solución” pensando sólo en el federal. podría resultar en galimatías locales y si una lección a ese nivel sale mal, compromete la enseñanza federal.
A la solución formal hubo que sumar dos tareas: conversaciones con la OPLE para conocer sus motivos y límites, y diversas reuniones de trabajo con los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral -órgano que en última instancia resuelve cualquier controversia- para encontrar una solución. solución operable. que sea compatible con las disposiciones constitucionales y legales.
La historia tuvo un final feliz y, luego de desarrollar múltiples escenarios, se logró construir un modelo que luego se aplicó con ajustes a sucesivas elecciones, aunque en cada caso se siguió la regla de consulta a la Corte, la OPLE y los partidos políticos. exactamente. , ya que “cada elección es diferente”, como me enseñaron los experimentados funcionarios electorales que me recibieron en el IFE en 2008.
Volviendo a nuestro presente, el TEPJF ordena al INE elaborar un nuevo calendario para que el período de precampaña comience durante la tercera semana de noviembre y concluya luego de los 60 días como lo establece la ley. Todo en respuesta a la denuncia de un partido político que alegó que se vulneraron sus derechos al tener que adelantar los tiempos para seleccionar su candidatura a la Presidencia de la República, ya que las dos futuras coaliciones electorales no tienen ese problema, ya que quienes lo harán Sus candidatos ya fueron seleccionados en un período que fue inventado para estos fines con el permiso de las autoridades.
Tampoco es inusual que la Corte revoque decisiones del INE. Lo llamativo en este caso es que sucede en este punto del proceso electoral y las consecuencias que puede tener esta decisión para que las tareas de inspección se realicen en tiempo y forma, y también para que la OPLE realice sus tareas.
Lo cierto es que esta decisión tendrá que impactar en el calendario inicialmente previsto. Esperamos que esto se aborde lo antes posible y en los grupos de trabajo con los diferentes actores. De lo que se trata es de certezael que da credibilidad y legitimidad a los resultados electorales y más cuando se trata del dinero, su origen y el impacto en la equidad.
POSDATA:
Una vez más, la Comisión de Denuncias del INE determina que el Presidente de la República viola la Constitución y le ordena exhibir una pancarta explicando la naturaleza de estas “informaciones” y cómo deben sujetarse al principio de neutralidad que debe caracterizar al presidente. Y una vez más López Obrador se burla de lo que le ordenan, apegándose a lo establecido por la autoridad, un: lo que aquí se dice no va dirigido a ustedes, los conservadores. Más allá del cinismo presidencial, el problema es que su ejemplo cunde, como ya lo habíamos pronosticado, y ahora la virtual candidata del oficialismo sigue sus pasos y en los mítines públicos a los que asiste, sin pudor alguno, llama a votar por ella y por la continuidad del proyecto de gobierno, impugnando todo lo establecido para la etapa electoral que se desarrolla. Las acciones de los actores políticos siguen imponiendo las reglas.
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