mié. Ago 26th, 2026

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles dar luz verde al proceso del Frente Amplio por México, mediante el cual elegirá a quien lo encabezará.

Sin embargo, dado el carácter inédito de este tipo de trámites, dispuso que, en un plazo no mayor a cinco días, el Instituto Nacional Electoral (INE) emita lineamientos para regular este tipo de trámites intrapartidistas previo al inicio del proceso electoral 2023-2024, en septiembre próximo.

Estas directrices serían de aplicación general y vinculantes para todos los partidos y actores políticos.

Y es que recordaron que este tipo de acciones se han generalizado en el país y son realizadas tanto por la oposición (PAN, PRI y PRD), como el partido en el gobierno (Morena) y sus aliados (PT y PVEM).


Señaló que el objetivo es garantizar el principio de equidad en la contienda, de manera adecuada y completa, así como dar certeza de las conductas que se permiten y las que se prohíben a los partidos políticos.

Reyes Rodríguez, magistrado presidenteDijo que invalidar el proceso del Frente Amplio por México sería una “solución jurídica excesiva” porque están en juego una serie de derechos personales y partidistas.

Agregó que no se trata de resolver en “blanco y negro”, sino de buscar un equilibrio en el ejercicio de esos derechos, buscando en todo momento la legalidad, la neutralidad, el equilibrio y la equidad en la controversia.

Entre las medidas que debe regular el INE es la estricta supervisión de los recursos utilizadosfijar parámetros que regulen los actos previos al inicio del proceso electoral, y establecer claramente las consecuencias de violar dichas limitaciones.


¿Qué resolvió el TEPJF?

Así, la Sala Superior resolvió, entre otras cuestiones, prohibir el uso de recursos públicos, que incluyen tiempos partidistas en radio y televisión, para sobreexponer a determinadas personas.

también establecido la prohibición de realizar convocatorias de apoyo para la obtención de precandidaturas o candidaturas, o llama a no votar por determinada persona o grupo, y si se produce, ser investigado conforme a la ley.

Asimismo, dijo que se debe garantizar que de ninguna manera se permitan actos anticipados de precampaña o campaña.

La decisión fue tomada por mayoría de tres votos, por los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes Barrera e Indalfer Infante González, quienes fallaron en contra de la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien había propuesto la suspensión total del proceso.

La jueza Otálora Malassis defendió su proyecto hasta el último momento, pues insistió en que este tipo de actos es un fraude a la ley.

Al presentar el proyecto, dijo que en el proceso hay un uso abusivo del derecho, para realizar precampañas disfrazadaslo que implica una violación de los principios de legalidad y equidad en la controversia.

“Esto es suficiente para declarar nula la convocatoria”, dijo la magistrada quien advirtió que “la democracia requiere de demócratas que respeten las leyes y normas emanadas del Poder Legislativo, legalmente electo”, agregó.

Sin embargo, el resto de los magistrados determinaron que la recusación es improcedente, en el caso de la presentada por los militantes del PT, e infundada en la iniciada por el partido.

Reiteraron que no procede un análisis de excepción, como advierte el proyecto, ya que una persona no puede impugnar los procesos internos de los partidos alegando que se afectan sus derechos políticos electorales y los principios de legalidad y equidad en la contienda.

En relación al juicio iniciado por el PT, los magistrados reconocieron su origen, pero consideraron infundados los argumentos del partido en el sentido de que la convocatoria resulta en actos anticipados de campaña y precampaña.

Notablemente el magistrado Otalora Tiene dos proyectos más similares, uno relacionado con el propio Frente Amplio y otro relacionado con el proceso de Morena y sus aliados para elegir a la Coordinadora de Defensa de la 4T, cuyos casos estaban pendientes de resolución, aunque se señala una resolución similar.

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