mar. May 12th, 2026

MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral ha respaldado la sanción pública impuesta al presidente Andrés Manuel López Obrador por no eliminar por completo sus comentarios sobre el Plan C durante una conferencia matutina en marzo pasadolo que violó las medidas cautelares establecidas por el INE.

En una votación dividida de 4 a favor y 2 en contra, se decidió confirmar amonestación emitida por la Unidad Técnica de Contencioso Electoral.

En su conferencia el 27 de marzoel presidente hizo un llamó a “no votar por el bloque conservador para que la transformación sigano un voto a los conservadores, sí a la transformación”.

La Comisión de Quejas y Denuncias de la INE aprobó medidas cautelares para retirar estas expresiones en plataformas gubernamentales donde se transmitió, así como versiones estenográficas y similares. Sin embargo, no se retiraron por completo.

La jueza Janine Otálora afirmó que, aunque el presidente López Obrador no está a cargo de ejecutar materialmente, La retirada de material relacionado con la conferencia de la mañana no lo exime de la responsabilidad de estar al tanto de que se cumple la resolución..

Advirtió que el Tribunal Electoral debe decidir entre ratificar que la Unidad Técnica de Contencioso Electoral es un verdadero árbitro electoral, o limitar sus facultades en atención al titular del Poder Ejecutivo.

Tampoco podría considerarse que el Ejecutivo federal esté exento de cumplir con este tipo de determinaciones, con base en el cargo que ostenta, ya que con ello lo que estaríamos haciendo es colocar a su persona por encima de todos los principios democráticos que se pretenden salvaguardar precisamente. con el otorgamiento de una medida cautelar”, dijo.

Al presentar su proyecto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que la Unidad Técnica de Contencioso Electoral del INE advirtió al presidente que si los contenidos no eran eliminados por completo por el Plan C, se impondría una medida de urgencia.

De no cumplir con las medidas, la unidad acordó imponer una amonestación pública.

No recibirá una sanción, solo una advertencia para que proceda a cumplir cabalmente con las medidas cautelares

Expresó que las medidas de ejecución previstas en el Reglamento de Quejas y Quejas del INE tienen validez constitucional, porque No es una sanción, pues su objetivo es buscar el cumplimiento de las determinaciones de la Comisión de Quejas y Quejas.

Por su parte, la jueza Mónica Soto dijo que, Aunque puede ser “tentador” sancionar al presidente, en este caso el jefe del Ejecutivo no está incumpliendo la medida cautelar del INE.

Poner al Presidente de la República por encima de los demás servidores públicos, no creo que ninguno de los aquí presentes lo esté considerando; pero también es importante limitar los poderes a todos. No creo que siendo Presidente de la República debamos ir más allá de lo establecido”, dijo.

El magistrado Indalfer Infante señaló que no aplica amonestación contra el titular del Ejecutivo, y que En todo caso, el responsable es el jefe del área de Comunicación Social, Jesús Ramírez.

Te puede interesar: AMLO reconoce que “no le dio tiempo” a acabar con la corrupción y por eso quiere que siga la 4T

en esta nota

Leer la nota Completa

El Imparcial

By El Imparcial

EL IMPARCIAL, ahora en su versión en web online, es el periódico líder al Noroeste de México y en Sonora, con una cobertura informativa oportuna y veraz en materia de noticias de actualidad y relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *