lun. Jun 29th, 2026

Alejandro Caro, socio de EY Derecho – Laboral

Sin duda, la realidad avanza más rápido que la legislación y esto ocurrió con el teletrabajo en México, que llegó a raíz de la pandemia del Covid-19 en un momento en que, aunque nuestro país no contaba con un marco legal que regular, una gran cantidad de empresas lo encontraban. necesario adoptar esta modalidad de trabajo.

En enero de 2021 se publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de teletrabajo, que establece las reglas generales y lo define como el desempeño del trabajo (más del 40 por ciento de la jornada), en lugares distintos al establecimiento de la utilizando principalmente las tecnologías de la información y la comunicación.

Derivado de lo anterior, se definieron algunas responsabilidades para las partes involucradas, tales como: el patrón debe proveer y mantener las herramientas para la realización del trabajo, así como cualquier otro equipo o insumo que sea necesario para prestar el servicio. Respecto al trabajador, deberá cuidar y conservar las herramientas asignadas, así como seguir los lineamientos que el empleador le indique sobre la protección de los datos utilizados en el desempeño de sus funciones, entre otros.

Sin embargo, las normas establecidas en la LFT dejaron algunos puntos pendientes, tales como:

1. Mecanismos de seguridad y salud en el teletrabajo.

2. La aplicabilidad del impuesto sobre la nómina: si un empleado teletrabaja en una entidad federativa, pero el empleador que recibe el beneficio del trabajo está en otra, ¿en qué entidad se paga el impuesto sobre la nómina? Este punto es de particular importancia, ya que la tasa del impuesto varía de estado a estado, oscilando entre 1.8 y 4.0 por ciento en algunas entidades.

3. La extraterritorialidad del teletrabajo: si un trabajador es contratado por una empresa mexicana, pero le trae su trabajo desde otro país, ¿debe seguirse la normativa laboral, fiscal y de seguridad social mexicana o extranjera?

En ese sentido, en junio de este año la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, la cual será obligatoria a partir de diciembre de 2023 para todos los patrones que utilicen esta modalidad. Esta NOM resuelve el primero de los puntos pendientes mencionados anteriormente y podría ayudar a atender parcialmente el resto.

En materia de seguridad y salud en el teletrabajo, la NOM establece parámetros de ergonomía para el teletrabajo, incluyendo recomendaciones en cuanto a sillas ergonómicas, escritorios y accesorios para equipos de cómputo. Indica la obligación de contar con una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de teletrabajo, la cual puede ser completada por el trabajador y revisada por la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene de la empresa. También indica que el lugar o lugares para el teletrabajo deberán ser previamente pactados entre el empleador y el trabajador, y las características que deberá tener el lugar.

Esto último es de especial importancia, ya que tener certeza del lugar donde el teletrabajador realiza su trabajo ayuda a mitigar el riesgo de que realice su trabajo en lugares públicos —como una plaza o una cafetería, por ejemplo— donde ni el empleador ni el trabajador tienen control sobre las condiciones de salud y seguridad, ni sobre el consumo de electricidad e internet.

Asimismo, esta nueva norma puede ayudar a solucionar el problema del Impuesto sobre Nómina, ya que se podrá pactar un lugar de teletrabajo que esté ubicado dentro de una determinada entidad federativa, entonces el empleador tendrá certeza sobre sus obligaciones de pago de este impuesto. En cuanto al posible problema de extraterritorialidad del teletrabajo, los lugares de teletrabajo podrán establecerse específicamente dentro de la República Mexicana, para seguridad jurídica de ambas partes.

Desde un enfoque de productividad, así como de retención y atracción de talento, la nueva normativa sobre teletrabajo ayudará a que más empresas y trabajadores opten por este tipo de trabajo, ya que los beneficios de ahorro de tiempo y costes para las partes superan el esfuerzo que implica el cumplimiento de sus reglamentos. La seguridad jurídica es un elemento clave de un estado de derecho y cuando llega a las relaciones laborales es una gran noticia para todo el sector productivo.

Es importante señalar que, como en toda reforma y nueva regulación, el primero en adaptarse y cumplir tendrá una importante ventaja competitiva en el mercado laboral, lo cual es fundamental para las empresas.

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