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La temporada de reparto de utilidades de 2023 ya está aquí. Y si aún no sabes cuándo es la fecha límite para recibir este pago, esta información es para ti.
Primero debes saber que esto es un derecho constitucional que tienen los trabajadores de México. Consiste en recibir una parte de las utilidades que una empresa o empleador obtiene por la actividad productiva o los servicios que ofrece al mercado.
Y existen dos plazos para recibir el pago de utilidades 2023, según sea el caso:
- Si trabajas en una empresa
Si estás en esta posición, la obligación de la empresa de realizar el pago empieza a ‘correr’ desde el 1 de abril hasta el 30 de mayo.
Mientras que el pago para aquellas personas que trabajan para una persona natural, es decir, tienen un patrón, la obligación se genera del 1 de mayo al 29 de junio.
“La distribución de utilidades deberá hacerse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. (del 1 de mayo al 29 de junio), tratándose de personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, del Régimen de Incorporación Fiscal o, del Régimen de Fideicomiso Simplificado”, especifica el Servicio de Administración Tributaria (SE SENTÓ).
Servicios públicos 2023: ¿quién cobra y quién NO?
Y,para quienes se aplica la participación en las utilidades de 2023? El Ministerio del Trabajo detalla que quienes tienen acceso a este derecho son los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en las empresas.
Sin embargo, a pesar de que es un derecho constitucional, no se aplica en los siguientes casos:
- trabajadores domésticos
- directores
- administradores
- gerentes generales
- profesionales
- artesanos
- tecnicos
- Trabajadores ocasionales que han trabajado menos de 60 días durante el año correspondiente
- Y las demás que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin relación laboral subordinada con el patrón.
Y dicho pago está exento por:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento
- Al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Empresas cuyo capital sea inferior al fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de industria
- Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines de asistencia humanitaria, sin fines de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
¡Ojo! Las empresas deben estar en funcionamiento durante más de un año. Además, los trabajadores tendrán derecho a la distribución de utilidades 2023 con independencia de que ya no laboren en la empresa de que se trate o cuando tuvieran un contrato de trabajo específico.
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