
CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por mayoría el acta de vacaciones dignas, a la que se le agregó una adenda para garantizar que los trabajadores podrán disfrutar de 12 días continuos de descanso durante su primer año laboral; sin embargo, ¿cómo se aplica a las personas con antigüedad?
El dictamen establece que el decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2023 o al día siguiente de su publicación, si fuere en 2023. Si bien las modificaciones de este decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor.
Los trabajadores que tengan un año, dos años, tres años, cuatro años cumplidos y sus consecutivos, y que con la legislación vigente tengan derecho a seis, ocho, 10 o 12 días de vacaciones respectivamente, a partir del 1 de enero, se sumarán seis días más a los que ya tienen por derecho, es decir llegarían a 12, 14, 16 o 18 días por derecho.
¿CUANTOS DIAS TENDRAN?
- Según un documento difundido por la Comisión del Trabajo y Previsión Social, los días de vacaciones oscilarán entre 12 y 32 días, dependiendo de los años que lleve laborando en dicha empresa.
Por lo tanto, los días de vacaciones se establecerían de la siguiente manera:
- Año 1: 12 días.
- Año 2: 14 dias.
- Año 3: 16 días
- Año 4: 18 días
- Año 5: 20 días.
- De 6 a 10 años: 22 días
- De 11 a 15 años: 24 días
- De 16 a 20 años: 26 días
- De 21 a 25 años: 28 días
- De 26 a 30 años: 30 dias.
- De 31 a 35 años: 32 días
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