
CIUDAD DE MÉXICO.- A través de un canal de su representante legal Ilian Graciela Munguía García, nuevo Walmart de México, S. de RL de CV se defendió de las nuevas reglas para el consumo de tabaco en México que entró en vigor el 15 de enero.
La cadena de tiendas solicitó al Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México el amparo de la justicia contra el Decreto por el cual reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabacoemitida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La transnacional se quejó en particular de la prohibición de exhibir y colocar productos de tabaco en estantes, mostradores, exhibidoresentre otros, dentro de los establecimientos y puntos de venta, que permitan al consumidor observar directamente dichos productos y, en su caso, llevárselos directamente, con el objeto de promover e incentivar la compra para el consumo.
Así como la restricción de colocar o almacenar productos de tabaco en contenedores o cajas cerrados que se ubiquen encima o debajo del mostrador, en gabinetes cerrados o cajones que permitan al consumidor observar indirectamente dichos productos.
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En este momento el juez no ha emitido ninguna resoluciónporque dio a Nueva Wal-Mart de México un plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para subsanar las inconsistencias señaladas en la demanda de amparo.
De no cumplir con el pedido, el juez advirtió que por no presentar la demanda de protección
¿En qué lugares públicos de la CDMX está prohibido fumar?
el último domingo Entraron en vigor las reformas al reglamento de la Ley General para el Control del Tabacopara proteger a la población en general contra la exposición al humo y las emisiones de cigarrillos.
De acuerdo con esta ley, el puntos de venta como tiendas de conveniencia y tiendas de conveniencia como los supermercados estará prohibido colocar publicidad o generar difusión de cigarrillos.
Asimismo, el decreto establece que se prohibirá a toda persona consumir o tener en cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva:
- Patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, juegos infantiles o lugares donde se hospeden o se congreguen niñas, niños y adolescentes.
- Parques de desarrollo urbano, parques deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, centros comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas.
- Sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paradas de transporte.
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