dom. Ago 23rd, 2026

MÉXICO.- La próxima El 31 de diciembre será la fecha límite para que los contribuyentes actualicen sus medios de contacto respecto al Buzón Tributario, según informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Si no se cumple esta obligación, la multa a pagar será de más de 9 mil pesos.

De conformidad con el artículo 86-C y D del Código Fiscal de la Federación (CFF) se establece que la infracción por la no autorización del Buzón Tributario, la no inscripción o la no actualización de los medios de contacto será multa de 3 mil 80 pesos a 9 mil 250 pesos.

Recordó que en el Buzón Fiscal todos los contribuyentes deben tener registrados y actualizados dos medios de contacto.

Es decir, correo electrónico que puede ser hasta cinco direcciones, y un número de celular, por ello instó a que “en caso de necesitar registrar alguno, hacerlo lo antes posible”.

Para ello, afirmó que lo pueden hacer en el portal, solo quienes tengan la contraseña o firma electrónica conocidas como e.firma, porque son herramientas necesarias para habilitar el Buzón Fiscal o actualizar sus medios de contacto.

Si no los tiene, tiene que programar una cita en CitaSAT para obtenerlos.

El buzón fiscal Es el canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes; Su objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de forma ágil y segura.

Además, a través de este medio, contribuyentes presentan promociones, avisos o cumplen con requisitos de información solicitada por el organismo recaudador de impuestos.

Todos los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se obligan a habilitar su Buzón Fiscal y mantener actualizados los medios de contacto.

No es obligatorio en el caso de personas físicas sin obligaciones tributarias., sin actividad económica y suspendida; será opcional.

Para las empresas que se encuentren temporalmente suspendidas ante el SAT, también tendrán la opción de habilitar el buzón.

Las personas naturales y jurídicas que se encuentren ante el RFC con situación fiscal cancelada, quedarán relevadas de habilitar el Buzón Fiscal.

estas instalaciones No serán aplicables cuando se trate de trámites o procedimientos en los que el contribuyente deba disponer de este medio de comunicación.

Tampoco aplica para los contribuyentes que hayan emitido comprobantes fiscales digitales en línea. o facturas electrónicas de ingresos o que hayan obtenido recibos de nómina digitales en los últimos 12 meses.

Te puede interesar: TFJA anula resolución del SAT que ordenaba a Elba Esther Gordillo pagar 16 millones en impuestos

en esta nota

Leer la nota Completa

El Imparcial

By El Imparcial

EL IMPARCIAL, ahora en su versión en web online, es el periódico líder al Noroeste de México y en Sonora, con una cobertura informativa oportuna y veraz en materia de noticias de actualidad y relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *